Sala de Prensa

10/07/2020

Columna del Defensor Regional de Arica y Parinacota, Claudio Gálvez

Nuevos delitos en pandemia

Con los nuevos delitos subieron drásticamente tanto la penalidad (antes, un máximo de 540 días; hoy hasta tres años de presidio) como las multas (ahora hasta 10 millones de pesos, antes un millón máximo) para quien ponga en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio.

Por Claudio Gálvez Giordano,
Defensor Regional de Arica y Parinacota. 

Si bien se pueden realizar muchas críticas a los nuevos delitos creados en estos días, referentes a la pandemia que vivimos (las principales relativas a las penas desmedidas, al aumento de posibilidades de cárcel, y con ello multiplicación de los riesgos sanitarios; el desmedido aumento del monto las multas y la focalización del castigo precisamente en quienes por problemas económicos deben salir de sus hogares, etc.), es importante que la ciudadanía conozca el contenido y alcance de estos nuevos tipos penales.

Por lo pronto, podemos señalar que subieron drásticamente tanto la penalidad (hasta tres años de presidio, donde antes el máximo eran 540 días) como las multas (hasta diez millones de pesos, donde antes el máximo era un millón) para quien ponga en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, siendo agravante el hecho de cometerlo mediante la convocatoria a espectáculos, celebraciones o festividades.

Además, se crea un delito nuevo para quien, en tiempo de pandemia, genere a sabiendas un riesgo de propagación de agentes patológicos, infringiendo una orden de la autoridad sanitaria. Aquí se arriesgan hasta 5 años de presidio y multas de más de 12 millones de pesos, con un mínimo superior al millón.

También se establece un delito especial para el empleador que ordene a un subordinado concurrir físicamente al lugar de desempeño de sus labores, estando éste en cuarentena o aislamiento sanitario obligatorio decretado por la autoridad sanitaria.

Es, finalmente, importante que sepa que, si a usted le imponen solamente una multa, le llegará la notificación de ésta a su domicilio y se le impondrá definitivamente, a menos que reclame dentro de 15 días y exija un juicio en que pueda realizar sus descargos y explicaciones, para lo cual debe recurrir a su abogado de confianza o a la Defensoría Penal Pública, a fin de hacer valer sus derechos.

La ley, además, propende a que, incluso en caso de condena, el pago de multas se sustituya por prestación de servicios en beneficio de la comunidad.

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