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21/12/2017

Concluyó juicio oral del caso 'Bombas II' en el Sexto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago

Tribunal absolvió a Nathaly Casanova y condenó a Juan Flores por atentado terrorista en Subcentro de Las Condes

Mientras la mujer fue absuelta de los tres delitos por los que se le acusaba -dos de ellos de carácter terrorista-, Flores fue condenado por un delito terrorista en contra de la galería Subcentro del Metro de Santiago y por daños contra el tren subterráneo, en otro hecho ocurrido en el metro Los Dominicos. Ambos fueron representados por los defensores públicos Eduardo Camus y Juan Pablo Gómez.

Por Gustavo López Valeria,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

Tras casi nueve meses de juicio oral, el 6° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago confirmó hoy la responsabilidad penal de Juan Flores Riquelme por los hechos ocurrido durante dos ataques con bombas que afectaron a un vagón del Metro de Santiago -en julio de 2014- y a la galería Subcentro de Escuela Militar -en septiembre del mismo año-, hecho éste último que fue calificado como terrorista por los jueces del tribunal.

En relación con lo ocurrido en el vagón del Metro, se le calificó como delito común de daños y lesiones. Igualmente, Flores fue absuelto de los delitos de colocación de bombas en contra de la Primera Comisaría de Santiago (agosto de 2014) y de tenencia de elementos explosivos.

Durante el juicio, el defensor penal público Juan Pablo Gómez cuestionó la prueba presentada, por lo que exigió la absolución en los 24 delitos que se le imputaban a Flores -tres de ellos de tipo terrorista-, lo que finalmente sólo logró parcialmente, por cuanto se le condenó por cuatro delitos, uno de ellos de carácter terrorista.

CASANOVA ABSUELTA
En el caso de Nathaly Casanova, el defensor penal público Eduardo Camus presentó pruebas para lograr la absolución de su representada en los tres casos en su contra -uno de ellos en carácter de terrorista-, situación que fue confirmada por el tribunal, pues los jueces consideraron como insuficiente la prueba presentada en contra de la mujer, lo que llevó a declararla inocente de los delitos acusados.

Casanova estaba encausada como autora de los delitos de colocación de bomba (Los Dominicos y Primera Comisaria) y tenencia de elementos explosivos (La Pintana).

ADN CUESTIONADO
Al término de la audiencia, el jefe (S) de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Sur (DRMS), Pedro Narváez, manifestó su conformidad con el fallo referido a Nathaly Casanova, dado que el tribunal consideró los cuestionamientos hechos por los defensores públicos a las pruebas de ADN y la multiplicidad de fuentes que este material genético podía tener.

Respecto de Juan Flores, Narváez dijo que “si bien se le condenó por el hecho del subcentro y Los Dominicos, se acreditó su inocencia en los otros dos hechos acusados, en especial uno que tenía el carácter de terrorista”. Agregó que por tratarse de delitos terroristas, la legislación exige que la prueba sea de mejor calidad, situación que en este caso no se obtuvo.

La lectura de la sentencia completa quedó fijada para el mediodía del 15 de marzo de 2018, en el mismo tribunal.

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