Sala de Prensa

20/02/2013

Defensa penitenciaria

La siguiente columna, escrita por el Defensor Regional de Maule, José Luis Craig, fue publicada el martes 19 de ferbrero en el diario El Centro del Talca.

Defensor Regional de Maule, José Luis Craig.

Defensor Regional de Maule, José Luis Craig.

Afortunadamente el Programa  de Defensa Penitenciaria esta dejando de ser un proyecto dentro de nuestra institución. Ello en atención a que se ha recibido el necesario apoyo económico del nivel central para mantener y expandir tal innovador y necesario piloto, que comenzó en abril de 2009 en la región de Coquimbo.

La función que cumple este programa es innovadora, ya que nunca en nuestro país se había contado con funcionarios especializados en la atención de los requerimientos jurídicos y sociales de las personas privadas de libertad cumpliendo condena. Así se ha puesto a disposición de los más olvidados de nuestro entorno social, a profesionales, expertos en la materia, para que aclaren sus dudas y en caso de ameritarlo los representen ante las autoridades administrativas y judiciales para hacer efectivos sus derechos.

Por otra parte es necesaria su existencia toda vez que, si bien el artículo 102 del Código Procesal Penal, extiende la labor de los defensores penales públicos hasta la completa ejecución de la sentencia - lo cual implica que en teoría la prestación de defensa que entregan los defensores penales abarca hasta el último día de condena de los usuarios que fueren sentenciados a una pena privativa de libertad, es decir, en la cárcel - ello, dadas las actuales cargas de trabajo no es factible de cumplir.

En efecto, aun cuando todos los defensores penales públicos, en la medida de lo posible, han asumido las pretensiones más relevantes de los privados de libertad, dando prioridad a lo urgente, la dotación con que contamos para representar a los imputados con sus causas abiertas y en espera de un término, no nos permite abocarnos a asumir todas las pretensiones de los condenados, los cuales, como ya se sabe, han amentado con la Reforma su número.

Aquello impide efectivamente entregar una atención de calidad y oportuna, que es lo que merecen nuestros usuarios, por lo que la extensión de este programa a las regiones metropolitana y del Biobío, y su pronta llegada al resto del país viene a mejorar claramente el estándar de prestaciones que el Estado de Chile debe otorgar a los privados de libertad, y a perfilarnos como Defensoría Penal Pública como una sólida y madura institución que defiende personas y vela por el respeto de sus garantías en todas las etapas del proceso penal.

La Defensoría Penitenciaria, a través de licitaciones públicas, busca contratar a abogados y asistentes sociales que tramiten y resuelvan todas las solicitudes de la población penal existente en la zona a la cual atienden.  Con ello se asegura excelencia, ya que deben rendir una rigurosa prueba, al menos los abogados, que los habilite para postular, la cual incorpora conocimientos específicos de temas penitenciarios, que no son de común dominio y uso.

La existencia de una dupla jurídico -  social implica que se pone al servicio del interno una vía jurídica de solución y a la vez un apoyo de índole social para que, en conjunto con las redes  que puede ofrecer el Estado u ONGs, se les pueda solucionar problemas tan elementales como de educación, salud, parentales, de beneficios públicos, u otros, haciendo realmente visibles sus necesidades, y brindando el correspondiente apoyo para ir pavimentando así la recuperación de su libertad de la manera más normal posible.

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