Sala de Prensa

11/08/2008

Osorno: Tribunal absolvió a joven universitaria acusada de infanticidio

Magistrados sostuvieron que la imputada actuó privada de su voluntad.

Al cuidado de su familia para evitar que atente contra su vida debido a un complejo cuadro psicológico caracterizado por la culpa y una profunda depresión, quedó la universitaria osornina, identificada con las iniciales C.F.L.M (20), quien recientemente fue eximida de responsabilidad penal durante el juicio por infanticidio realizado en Osorno

Los magistrados del Tribunal Oral, Marcelo Reuse, Alberto Merino y Edmundo Moller, sostuvieron que la imputada al momento de actuar lo hizo privada de voluntad y en un estado de demencia, razón por la cual la absolvieron de todos los cargos, acogiendo la teoría del defensor penal público, Renato Jiménez.

En este caso fue clave el aporte que hicieron los tres peritos siquiátricos que depusieron en el juicio y que, independientes entre sí, concluyeron que la universitaria vivió un trastorno mental transitorio que fue desencadenado por una historia familiar que ha favorecido la situación: una depresión severa observada en la imputada a partir del embarazo; la ansiedad generada por la situación que vivía -respecto de la que no contaba con apoyo alguno-; los factores hormonales y biológicos propios del momento, que unidos a factores psicológicos actúan también como detonantes de un desborde emocional.

Según los hechos que motivaron la investigación, el 31 de marzo de 2007, aproximadamente a las 14.30 horas, la acusada se encontraba en su domicilio y estando embarazada procedió espontáneamente a dar a luz una menor de sexo femenino a la cual posteriormente le causó la muerte por asfixia.

Los magistrados profundizaron en la sentencia en que los mismos peritos concuerdan que los síntomas observados son propios de un estado de conciencia alterado, puesto que no hay una concordancia entre la acción del delito y las circunstancias que la imputada vivía.

Entre ellos se puede citar que siendo la acusada madre primeriza de 18 años no sintió dolor en el parto,  siguió sangrando y pese a ello, continuó su vida de manera normal, actuando torpemente respecto de los rastros del delito.

La sentencia concluye que “la joven vio estrechada su conciencia, disminuyendo decisivamente las posibilidades de enjuiciar la realidad, configurándose una situación descrita por la ciencia, en que resulta posible que las emociones se superpongan a la voluntad, determinando la conducta de manera irrefrenable. Tal situación, aún siendo transitoria, concordando con las conclusiones de todos los especialistas que han declarado en juicio, priva de razón y por tanto se enmarca en la hipótesis de ausencia de culpabilidad”, sostuvieron los jueces.

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