Sala de Prensa

04/07/2020

Salud pública y aumento de penas: una contradicción en sí misma. Por Tomás Pascual

En Estrado

El Congreso Nacional aprobó un proyecto de ley enviado por el Ejecutivo, que aumenta las penas a quienes contravengan las normas de salud pública contenidas en el Código Penal, y crea nuevas hipótesis típicas. El artículo 318 del Código Penal, que sanciona al que pone en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, antes de su modificación imponía una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o multa de seis a 20 UTM. Con la actual redacción impone sanciones que van de su grado mínimo a medio (61 días a tres años) o multa de seis a 200 UTM, e incorpora una agravante. Por su parte, los nuevos artículos 318 bis y ter incorporan hipótesis en las que se sanciona a las personas a penas de crimen, que pueden llegar a los cinco años y multas de hasta 250 UTM. 

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http://www.dpp.cl/resources/upload/files/documento/4c4aabf5143f0a824e45f075c6993974.pdf

 

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