Sala de Prensa

16/10/2008

Justicia Juvenil y Exclusión Social

Columna de Gonzalo Berríos Díaz, Jefe Unidad de Defensa Penal Juvenil, publicada en The Clinic.

El asalto sufrido por el economista de la Universidad Adolfo Ibañez, Leonidas Montes, puso una vez más en la agenda mediática el “flagelo de la delincuencia juvenil” como un problema en aumento y fuera de control, por lo general con variados adjetivos de indignación y alarma. Esta vez el debate se da en momentos en que finaliza el trabajo de la comisión investigadora de la Cámara de Diputados por la muerte hace un año de diez adolescentes del Centro de Sename de Puerto Montt. También por estos días se han empezado a conocer los distintos presupuestos institucionales destinados al sistema para el próximo año.

Sin embargo, en esta reaparición mediática del tema se puso de manifiesto lo irresponsable de anticipar juicios y conclusiones sobre lo que realmente ocurre, ya que hubo denuncias erradas sobre niños de 11 ó 12 años involucrados en delitos graves y bandas criminales. No obstante, este detalle pasó rápidamente a segundo plano al enfocarse la atención en el perfil de un par de adolescentes con decenas de detenciones en su historia personal. Como en los viejos tiempos, se afirmó incluso que hay una “creciente delincuencia juvenil”, aunque no se acompañó cifra alguna que justificara la frase. Sin embargo, de todo lo que se informó ¿qué es lo más triste e inexplicable?, ¿cuál historia es realmente la más escalofriante?, ¿las cincuenta y tantas detenciones registradas por un chico a sus 15 años, sin juicio de culpabilidad en ninguna de ellas, o todos los años de exclusión social y violación de sus derechos que muestra su también publicada biografía personal? Al menos habría que poner menos cara de asombro y ponerse algo colorado por las condiciones de pobreza y marginalidad en que viven todavía muchos niños, como el Jerson.

Hace falta una política pública bien definida que responda qué es lo que se puede o debe esperar del sistema penal adolescente, con cuántos recursos y medios se contarán para lograr estas metas y el tiempo que se está dispuesto a esperar para exigir resultados. Esta política y su adecuado financiamiento deben implicar también un sinceramiento de las tasas de éxito y fracaso esperables y a partir de eso fijar las metas a las que aspiramos como sociedad. A raíz de innumerables investigaciones sabemos que contar con programas de reinserción social ayuda a la disminución de la reincidencia y, por tanto, no da lo mismo tener buenos y suficientes programas, que no tenerlos. También sabemos que la privación de libertad ayuda poco y perjudica mucho. Implementar acciones a favor de niños y niñas vulnerables tiene efectos positivos respecto de su futuro, básicamente porque se mejoran sus posibilidades de integración social y con ello bajan las probabilidades de que cometan delitos.

¿Cómo podemos sostener que la ley de responsabilidad penal adolescente es esencialmente rehabilitadora si los 79 días de promedio en internación provisoria son suficientes como para hacer repetir de curso a un estudiante? En este sentido, pasar a una segunda etapa con mejoras sustantivas al sistema penal juvenil significa enfrentar en serio el desafío de especializar y diferenciar a la justicia penal adolescente de la adulta; reaccionar con efectividad ante los casos de abusos y malos tratos; profesionalizar la intervención socioeducativa con educadores debidamente provistos de los medios para hacer su trabajo; adaptar programas probados, generar modelos propios e innovadores y replicar las experiencias exitosas de trabajo con jóvenes; fortalecer las instituciones, sus equipos técnicos y los mecanismos de auditoría y supervisión; y, por cierto, revisar profundamente la ley penal juvenil para darle una mayor preeminencia a la lógica de la reinserción social y rehabilitación que al castigo y la cárcel.

Dado el nivel de recursos que compromete la construcción de nuevos centros privativos de libertad como los que se han anunciado para los próximos años, se requeriría analizar con calma el alcance de tal política para no desincentivar otros cambios y alternativas más efectivas que la privación de libertad. No deja de ser paradojal que, siendo indispensable por razones humanitarias mejorar las condiciones de vida y oportunidades de los jóvenes presos, al construir nuevos recintos -que seguramente se llenarán con rapidez-, se pierde la oportunidad de invertir esos mismos recursos en programas más exitosos y que exigen menos recursos, como son las sanciones comunitarias y en libertad.

En definitiva, mientras no se decida avanzar a una nueva etapa, tendremos que acostumbrarnos a resultados poco ambiciosos en materia de delincuencia juvenil. Que nadie se sorprenda entonces que esta ley por ahora siga siendo más efectiva en perseguir y castigar los delitos que en evitarlos.

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