Sala de Prensa

04/11/2008

Reinserción social: la deuda pendiente

Columna de Gonzalo Medina, publicada hoy en la Nación

Por Gonzalo Medina Schulz, jefe del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública  TRIBUNA  

Todos estos aspectos son parte de una comprensión más humana del drama de la pena estatal y constituyen aspectos que deben ser enfrentados con una mirada de futuro e integral.     Sobre cómo enfrentar el fenómeno de la criminalidad parece reinar un aparente acuerdo: primero viene la prevención, y si ésta no funciona vendrá la represión, que debería culminar con la reinserción. Ésta última debe apuntar a evitar todo efecto de la pena privativa de libertad que vaya más allá de la esencia de la pena en sí misma, esto es, la pérdida de la libertad de movimiento, el encierro, evitando de esa forma contribuir con la pena a generar mayores condiciones de inseguridad en el futuro, riesgo que aumenta en la medida en que la pena significa marginalizar más al afectado y dañar de manera todavía más dramática la vida de los familiares y las personas relacionadas con el condenado.

En todo caso, la reinserción social debe ser entendida no como el deber del condenado a acoplarse en la sociedad, sino como su expectativa a optar por algún modo de vida que le permita desenvolverse en la sociedad sin conflictos penales. Por ello, siendo la reinserción una pretensión de la persona que ha sido condenada, ella le es exigible al Estado; lo que se traduce en una obligación para toda la sociedad, en la medida que sus efectos benefician no sólo al individuo, sino a la generalidad.

Alcanzado este punto, aún queda por concretar de manera más exacta en qué consistiría esa "expectativa del ciudadano/deber del Estado". Ella debe expresarse tanto en la condena que se impone, como en la forma en que ésta se lleva a cabo. Es indudable que la condena de prisión es una de las más severas que una sociedad puede imponer y, junto con ello, constituye una de las que tiene mayores efectos desocializantes y estigmatizantes, que pueden hacer imposible la puesta en práctica de la idea de reinserción como derecho del condenado.

Por ello, es imprescindible buscar activamente espacios que permitan al condenado reinsertarse en la sociedad, esto es, que mantenga sus lazos familiares y sociales, que no pierda -o que gane- las destrezas que le permitan incorporarse a un mercado laboral flexible y dinámico y toda oportunidad para desarrollar su vida de forma plena. Conjuntamente, las penas alternativas a la privación de libertad deben jugar un rol preponderante en la política penitenciaria de una nación y deben estar orientadas no sólo a la supervigilancia del condenado, sino a acompañarlo en su proceso de reinserción. Lo anterior tiene importantes costos asociados, pero nadie que plantee seriamente el asunto de la reinserción social puede hacerlo sin considerar que ésta antes que un mero gasto constituye una inversión social necesaria.

Las relaciones entre criminalidad, seguridad y sanción son complejas y quien se atreva a afirmar vinculaciones categóricas en esta área desconoce las múltiples dimensiones de los temas involucrados. Sin embargo, no puede desconocerse algún grado de influencia de parte de un sistema penitenciario, que nadie duda en catalogar aún de deficiente, en la medida que produce y reproduce ciclos de criminalidad. La consecuencia lógica de la reinserción social es una disminución de la reincidencia y de la tasa general de delitos; de esta manera, una política penitenciaria que es implementada de manera correcta y que se orienta hacia la reinserción se transforma en un aspecto más de la prevención del delito, justificando su consideración como inversión y no puro gasto.

La Defensoría Penal Pública y Gendarmería de Chile han organizado un seminario sobre reinserción social y seguridad pública, que se efectúa en estos días y que pretende poner en debate temas relacionados con el trabajo en ambientes penitenciarios, el rol del Estado y la responsabilidad social empresarial, las particularidades de la reinserción de adolescentes infractores de ley y los derechos de las mujeres que cumplen condena en encierro, tal como el derecho a la lactancia.

Todos estos aspectos son parte de una comprensión más humana del drama de la pena estatal y constituyen aspectos que deben ser enfrentados con una mirada de futuro e integral, que permita la ruptura de los ciclos de criminalidad y genere una sociedad orientada no a la venganza, sino a la comprensión del fenómeno criminal en toda su complejidad y magnitud. Ese esfuerzo es una deuda que nuestro país debe considerar, y a cuyo pago están llamados todos los actores sociales involucrados, tanto del Estado como de la sociedad civil. Retardar la solución de estos problemas no los hará desaparecer, pues sólo los esfuerzos combinados de la sociedad entera podrán construir las vías de solución.

 

 

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