Sala de Prensa

12/11/2008

Corte Suprema acoge recurso de amparo en favor de adolescente

Máximo Tribunal del país sustituyó medidas cautelares de un joven, quien debía permanecer por nueve meses en internación provisoria en espera de juicio oral programado para el 20 de agosto de 2009.

La Corte Suprema acogió un recurso de amparo interpuesto por la Defensoría Penal Pública en favor de un adolescente, quien se encuentra en internación provisoria desde abril pasado y cuyo juicio oral fue fijado por el Tribunal para el 20 de agosto de 2009, determinando de paso que el joven debe permanecer privado de libertad hasta esa fecha.

El máximo Tribunal del país analizó los antecedentes y resolvió sustituir la medida cautelar de internación provisoria que le afecta por la privación total de libertad en su casa, la vigilancia de Carabineros, quien deberá supervisar el cumplimiento de la medida y la prohibición de salir del país.

El Defensor Regional del Maule, Hernán Fuentes Acevedo, señaló que para la Defensoría Penal Pública esta determinación “es una hecho importante, porque el máximo tribunal admite que no parece razonable que un joven permanezca durante nueve meses en internación provisoria, es decir, privado de libertad a la espera de un juicio donde se conocerá si tiene o no responsabilidad en los hechos que se le imputan. Ello dado las dificultades para programar audiencias en el Tribunal Oral en lo Penal de Talca”.

“Se comienza a abrir una ventana en todos aquellos casos en que tenemos problemas similares, es decir, de programación de audiencias en plazos fuera de los que determina la ley. Pensamos que debiera aplicarse un criterio similar”, acotó.

Fuentes Acevedo agregó que mantener a un joven privado de libertad mientras se espera una sentencia, sólo bajo el pretexto de no tener disponibilidad de agenda en el Tribunal, vulnera gravemente los derechos de jóvenes que enfrentan a la justicia, resguardados en la Ley sobre Responsabilidad Penal Adolescente y en convenios internacionales que Chile ha suscrito.

En el documento en que consta la decisión de la Corte Suprema sobre el amparo en cuestión se establece que “atendido el grave retardo que se observa en la programación de los juicios del Tribunal Oral en lo Penal de Talca, atribuibles a razones no imputables a los miembros del mismo, se ordena poner en conocimiento del Ministro Visitador de esta Corte todos los antecedentes que obran en la causa, relativos al funcionamiento de dicho Tribunal para los fines pertinentes”.

La resolución del recurso de amparo está firmada por los miembros de la Segunda Sala integrada por los ministros Nibaldo Segura, Carlos Kunsemüller, Haroldo Brito y por los abogados integrantes Benito Mauriz y Domingo Hernández.

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