Sala de Prensa

13/03/2007

Tribunal de Garantía absuelve a medios regionales de querellas por injurias

Noticia publicada en el Diario Chañarcillo

Por René Campusano y Héctor Naveas

Y triunfo la libertad de expresión. Es así cómo tras largos cuatro días de árduo debate jurídico entre las partes, llegó a su término en el Tribunal de Garantía de Copiapó el juicio oral simplificado en el cual Diario Chañarcillo y TVN Red Atacama fueron finalmente absueltos del delito de injurias graves con publicidad, producto de la querella presentada por el abogado Francisco Donoso a raíz de la publicación en ambos medios de varias notas relacionadas con el denominado caso "Berthila Alcayaga". Es así como durante este último día de esta extensa jornada judicial, iniciada el pasado martes 06 de marzo, el querellante Francisco Donoso como los abogados defensores Luis Santander, Raúl Palma y Rafael Cortés, procedieron a exponer ante el magistrado Nibaldo Arévalo sus respectivos alegatos de cierre, última instancia de debate existente antes de la entrega del veredicto por parte del juez.Es así como durante las intervenciones de los juristas de Diario Chañarcillo, TVN Red Atacama y Elsa Moller -quien finalmente también fue absuelta por el tribunal de los delitos de injuria y calumnia-, todos dejaron en claro que durante el desarrollo de este juicio nunca el querellante pudo comprobar ninguno de los hechos que permitan comprobar jurídicamente que se está ante un delito de injuria.Junto a esto, tanto Raúl Palma, como Rafael Cortes durante sus intervenciones dejaron de manifiesto que "con la presentación de este líbelo lo único que se pretendía era silenciar la libertad de expresión... los únicos perjudicados la comunidad al no tener acceso a la información", señalo Palma durante su exposición.FALLOTras la intervención de los cuatro abogados los querellados, Héctor Naveas y Claudia Peñailillo, hicieron uso de su derecho de dirigirse al tribunal, manifestando sus reparos frente a parte de los argumentos esgrimidos por Donoso para justificar la presencia del delito de injurias en su contra.Fue así como tras esto y un posterior receso el magistrado procedió a entregar a las partes involucradas el veredicto, señalando en primer lugar que a la luz de las pruebas tanto documentales como testimoniales presentadas durante el juicio, la querellada Elsa Moller queda absuelta de los delitos de calumnia e injuria.Respecto a Alberto Bichara y Héctor Naveas, ambos por Diario Chañarcillo, como Claudia Peñailillo y Rodrigo Aguilar por TVN Red Atacama, se decretó su absolución del delito de injuria al no comprobarse, durante el desarrollo de las audiencias, el acometimiento de dicho ilícito a la luz de no existir los requerimientos mínimos que estipula la Ley Nº 19.733 o conocida como Ley de Prensa.Junto a esto Arévalo señalo que, en el caso de los profesionales de los medios de comunicación, estos "han hecho un ejercicio legítimo de la información", agregando el magistrado que esto es un "elemento suficiente a juicio del jurista que permite en este caso no configurar el delito de injuria", sentenció.Finalmente el juez decretó para el próximo miércoles 14 de marzo a las 16:00 hrs. la lectura de la sentencia en su totalidad, con el propósito de que las partes conozcan el contenido de los considerando del fallo y así poder hacer uso, en el caso de los querellantes, de los recursos legales que le podrían permitir en la Corte de Apelaciones revertir este fallo desfavorable.

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