Sala de Prensa

28/11/2008

De no creerlo: Tribunal mantiene en prisión a condenada pese a reconocer su inocencia

La representada, Teresa Reyes Figueras, está cumpliendo una condena de 41 días desde el pasado 21 de octubre de 2008, dándose por cumplido el día 1 de diciembre, pese a que está acreditada su inocencia y que hay una sentencia ejecutoriada en ese sentido.

La jueza del Tribunal de Garantía de San Bernardo Gloria Miranda, decidió mantener en prisión a una condenada, pese a reconocer que estaba frente a una persona inocente, que había sido suplantada por un tercero en la comisión de un delito. La audiencia de cautela de garantía fue solicitada por los defensores Darío Pantoja y Alejandro Viada, quienes pidieron la suspensión de la condena, argumento rechazado por la magistrada.

Según el fallo de la magistrada, es resorte de la Corte Suprema el poder suspender una condena a través de la revisión de sentencia, aspecto que era rebatido por la defensa, por cuanto consideraban que está dentro de las atribuciones del titular de garantía la posibilidad de suspender la condena hasta que el tribunal superior de justicia se pronuncie, en especial cuando existen argumentos y un fallo condenatorio por el delito de usurpación  cuando respectiva.

La representada, Teresa Reyes Figueras, está cumpliendo una condena de 41 días desde el pasado 21 de octubre de 2008, dándose por cumplido el día 1 de diciembre, pese a que está acreditada su inocencia y que hay una sentencia ejecutoriada en ese sentido.

Los Hechos

Con fecha 15 de diciembre de 2006, ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, se llevó a cabo una audiencia de control de detención en contra de una persona que entonces se individualizó como Patricia Reyes Figueras, dando todos los datos correspondientes de ella, como domicilio y cédula de identidad. Esa persona, cuya identidad real sería Elena Reyes Figueras, hermana de la persona afectada, firmó el acta de lectura de derechos haciéndose pasar por Patricia, y en la misma audiencia, admitió responsabilidad en el delito de hurto por el cual había sido detenida flagrante, condenándosele a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo más multa de 1/5 de UTM. En dicha oportunidad se ordenó la inmediata libertad de la persona detenida (Elena Reyes y no Patricia) a la espera que la resolución quedase ejecutoriada para ingresar a cumplir.

Elena, usurpando el nombre de Patricia, no se presentó a cumplir la pena impuesta. Por lo mismo, ante el incumplimiento de la pena, se despachó una orden de detención en contra de la víctima Patricia Reyes, quien jamás tuvo participación alguna en los hechos ni en el proceso por el cual se le condenó.

Esta orden de detención se materializó con fecha 21 de octubre de 2008, oportunidad en que Patricia Reyes fue puesta a disposición del 4° Juzgado de Garantía de esta ciudad. En dicho control de detención de inmediato se hizo presente que, si bien coincidía la identidad, ello se debía a una usurpación de nombre y que Patricia jamás ha tenido participación en los hechos por los que aparece condenada. Sin embargo, el tribunal ordenó el ingreso, en calidad de rematada, de Patricia Reyes, de profesión escultora.

De inmediato, y habiéndose puesto en conocimiento del Ministerio Público la existencia de un hecho constitutivo de delito, se dio inicio a la correspondiente investigación por el delito de usurpación de nombre en contra de Elena Reyes Figueras,.

Paralelamente – a instancias del defensor público  Darío Pantoja- se fijó audiencia de cautela de garantías para verificar el pleno ejercicio de sus derechos, la cual se llevó a cabo el día 27 de octubre de 2008, audiencia en la que no se obtuvo resultados favorables por no existir, en ese momento, antecedentes concretos que permitieran acreditar fehacientemente la existencia de la usurpación de nombre. Con posterioridad, con fecha 30 del mismo mes, se llevó a cabo una nueva audiencia de cautela de garantías solicitada por la defensa, oportunidad en la cual se ordenó tomar muestras caligráficas para ser comparadas y periciadas con la firma que aparece estampada en el acta de lectura de derechos del día 14 de diciembre de 2006, de manera de ratificar así si fue Patricia Reyes la que efectivamente estuvo detenida ese día o se trató de otra persona que dio su nombre.

Dicho peritaje fue realizado por la Policía de Investigaciones de Chile, concluye que tras cotejar las muestras caligráficas se pudo comprobar que “la firma trazada a nombre de Patricia Mara Reyes Figueras, en el Acta de Notificación de Derechos del Detenido, de fecha 14.DIC.006, no fue confeccionada por esta persona, por lo tanto es falsa”.

Con fecha 4 de noviembre de 2008, en consideración de la información entregada en este informe, se citó a una nueva audiencia de cautela de garantías. En ella, la magistrada Carolina Gajardo decidió no acceder a la solicitud de la defensa en el sentido de suspender el procedimiento, y con ello la ejecución de la sentencia, en virtud de lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 10 del Código Procesal Penal. La magistrada, si bien dio por establecido que estaba fehacientemente acreditada la inocencia de Patricia, señaló que no estaba facultada para suspender el procedimiento y por lo tanto resolvió mantener privada de libertad a nuestra representada.

Con fecha 24 de noviembre de 2008, el Juzgado de Garantía de San Bernardo, condenó por el delito de usurpación a Elene Reyes, con pena de 301 días de pena efectiva. En vista de este nuevo antecedente se pidió una audiencia de cautela de garantía a favor de Patricia Reyes , la que quedó fijada para el jueves 27 de noviembre y que se realizó en el día de hoy.

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