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24/01/2023

En fallo de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia

Los Ríos: Defensora penitenciaria logró revertir el rechazo de reducción de pena a 64 condenados en Valdivia

Por irretroactividad de la ley, se acogió el recurso de amparo interpuesto por la defensora penitenciaria, Marcela Tapia Silva, en favor de sus representados, a quienes la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena en la región, les había rechazado la rebaja de sus penas al aplicar la Ley 21.421, que excluye el beneficio ante determinados delitos.

Por Malú Rodríguez Sepúlveda
Periodista Defensoría Regional de Los Ríos

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de amparo interpuesto por la defensora pública penitenciaria de Los Ríos, Marcela Tapia Silva,  a favor de 64   internos condenados, privados de libertad en el Complejo Penitenciario de Valdivia, a quienes la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena en la región,  les había rechazado la rebaja de sus penas al aplicar la Ley 21.421.

Según explicó la defensora, la normativa de febrero de 2022 excluye de este beneficio a quienes se encuentren cumpliendo condena por determinados delitos, pero resultaba improcedente aplicarla en el último proceso de reducción de condena en noviembre del año recién pasado. Esto porque, según indicó la defensora, se trata de una ley promulgada con posterioridad al momento de evaluación de las personas condenadas que menciona el recurso de amparo, las que han cumplido con todos los requisitos para acceder al beneficio, entre estos, una muy buena conducta sostenida en el tiempo, en la unidad penal de Valdivia.

“La aplicación de la reciente normativa transgrede la relación jurídica que se da entre el Estado y la persona que cumple condena. Valoramos el fallo porque recoge el planteamiento de que en la aplicación de toda  modificación legal que afecte directamente al contenido de la pena, se deben  respetar  los principios jurídicos penales que nos rigen, como  es la irretroactividad penal penitenciaria en la relación jurídica penitenciaria” mencionó la abogada.

Para el Jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Los Ríos, Pablo Ardouin, la reciente aplicación de la Ley° 21.421, por parte de la comisión competente, vulneraba derechos penitenciarios de personas condenados por hechos cometidos con anterioridad a su vigencia temporal.

“La ley no puede ser retroactiva, es decir, si las personas ingresaron a cumplir sus penas con determinadas reglas del juego, estas no pueden cambiarse a mitad de camino. Por tanto, este fallo refuerza las garantías de las personas condenadas y sienta un precedente en relación a que las normas que se aplican en la ejecución de la condena privativa de libertad, no pueden estar sujetas a cambios imprevistos por parte del legislador” precisó.

El fallo de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia es del 9 de enero de 2023 y fue decidido por la Ministra Marcia Undurraga, el abogado integrante Luis Duran y el Ministro, Rodrigo Carvajal, quien estuvo a cargo de su redacción.

 

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