Sala de Prensa

11/06/2009

A dos años de la reforma penal juvenil: Jóvenes y cárcel: Un cumpleaños con lo básico

Columna de Paula Vial Reynal, The Clinic, jueves 11 de junio 2009.

"Los mismos niños respecto de los que nos dolemos cuando no tienen oportunidades, cuando son presas de la droga barata, son los que señalamos con el dedo cuando son detenidos y para los que pedimos las penas del infierno".   "En casi el 90% de los casos, los adolescentes que han estado en internación provisoria han sido absueltos o condenados a una pena no privativa de libertad al término del juicio".

 Al cumplirse 20 años de la Convención sobre los Derechos del Niño, recordamos al mismo tiempo el segundo aniversario de la puesta en marcha de la Ley de Responsabilidad Penal del Adolescente (LRPA) chilena, que se proponía dejar atrás el muy criticado sistema tutelar de menores, aún cuando es posible constatar que, lamentablemente, persisten  resabios de un sistema que instrumentaliza al joven y malentiende el uso “beneficioso” del castigo.

En un ejercicio esquizofrénico en el discurso y la acción, muchos líderes de opinión, comunicadores, referentes y dirigentes sociales, políticos y otros bregan por la reinserción, por la entrega de oportunidades a los jóvenes, por su integración y su reeducación, cuando al mismo tiempo braman por justicia inmediata y castigo, generalizando y marcando a una juventud que es mucho más que delincuencia violenta.

Los mismos niños respecto de los que nos dolemos cuando no tienen oportunidades, cuando son presas de la droga barata, cuando duermen en las calles, bajo puentes, sin escolarización, son los que señalamos con el dedo cuando son detenidos y para los que pedimos las penas del infierno.

Y pese al escándalo que armamos con la delincuencia juvenil, son los menos. Entre mayo de 2008 y abril de 2009, la Defensoría atendió a más de 31.000 adolescentes imputados por algún delito, cifra que representa apenas el 10% de nuestros ingresos.

Como se ve, un porcentaje muy menor de nuestra juventud es protagonista de una historia de excesos mediáticos y sobrerreacciones. Flaco favor le hacemos a nuestra apuesta de futuro cuando la caricaturizamos y etiquetamos en su rostro más negativo.  

Nadie discute el temor que se puede sentir si un joven nos asalta, roba la bicicleta de nuestros hijos o nos arrebata la cartera desde el auto. Nadie duda que lo que corresponde es reaccionar a este abuso. La pregunta es ¿cómo debemos reaccionar? ¿Será encerrarlos la respuesta más eficiente y de futuro? Pues bien, la preparación para la libertad no debe realizarse, salvo las excepciones más inevitables, en una cárcel. Con los jóvenes, el esfuerzo debe ser aún mayor. Las condiciones de los centros de internación son las más desocializadoras, las más inadecuadas para la preparación a la libertad, aquí y en la Quebrada del Ají. Tal como señala el profesor Jaime Couso, el encierro no sirve para insertar socialmente a los adolescentes en sistemas penitenciarios tan diversos como el alemán, el norteamericano o el español. Mal de muchos, consuelo de tontos dicen, pero…

El abuso del recurso a la internación provisoria ha supuesto que lejos de reservar la privación de  libertad como último recurso, como mandata la ley, en casi el 90% de los casos, los adolescentes que han estado en esa situación hayan sido condenados a una pena no privativa de libertad al término del juicio.

Nuestras herramientas educativas y resocializadoras están fallando. Todos sabemos que la inversión de largo y mediano plazo en educación es la correcta para disminuir el fenómeno, pero ¿qué hacemos con nuestros jóvenes hoy? La inversión en mejor oferta socioeducativa es fundamental. También la apuesta por una justicia comprometida con la especialización, que no traicione el interés real del adolescente, por una pretendida búsqueda de su superior provecho, en el favorecimiento de la aplicación de una pena “beneficiosa”. La defensa pública ya se ha comprometido con esta opción, lo que debe servir de ejemplo al resto de los actores.

Dos años de condiciones básicas y de exigencias máximas son un tiempo adecuado para definir hacia dónde queremos llegar con esta ley.

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