Sala de Prensa

24/11/2009

Tribunal Oral de Angol dictó sentencia absolutoria a favor de comunero mapuche de Ercilla

La defensa del imputado Daniel Alveal Levicura fue asumida por el abogado Jaime López Allendes, de la Defensoría Penal Mapuche.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Angol decidieron acoger de modo unánime la tesis del defensor penal mapuche Jaime López Allendes y del abogado privado Manuel Calderón Silva, quienes representaron a los imputados Daniel Alveal Levicura –comunero mapuche de Temucuicui dedicado al oficio de comerciante- y del camionero Jorge Méndez, oriundo de la comuna de San Javier, respectivamente, quienes fueron acusados por la Fiscalía de Collipulli del delito de receptación de madera, en un hecho que habría acaecido el 26 de abril de 2008 en el sector de San Ramón, situado en la localidad de Pidima, en Ercilla.

Ricardo Traipe, el fiscal al cargo de la investigación en esta causa, había solicitado para los acusados tres años de cárcel, mientras que la parte querellante –representada por Forestal Mininco- solicitó cinco años, peticiones que fueron desestimadas por los jueces Alejandro Vera Quilodrán, Claudia Sánchez Slater y Claudio Campos Carrasco.

Esto, debido a que no se logró acreditar que la madera que se encontró sobre el camión conducido por Jorge Méndez fuese de propiedad de Forestal Mininco, hecho que para el abogado Jaime López reviste gran importancia, porque “en la zona de Malleco, y en general en los sectores en los que se asientan las comunidades mapuches vecinas a plantaciones de Mininco, existe el problema de que la empresa aplica una suerte de ‘presunción’ respecto de que la madera que circula es de su propiedad, presunción que es avalada por la Fiscalía y Carabineros, situación que se aleja de los hechos tal y como ocurrieron en este caso, donde además el comerciante mapuche Alveal Levicura no hace efectiva la compra de madera, dado que la persona que debía facilitarle una guía de despacho para el transporte de la misma no concurre con la documentación que se requería para concretar el negocio”.

Tras los alegatos desarrollados durante los tres días que duró este juicio oral en Angol, los jueces resolvieron dejar sin efecto el cumplimiento de las medidas cautelares para los imputados, consistentes en la prohibición de aproximarse al predio Parcela Chequenco -de propiedad de Forestal Mininco-, que habían sido decretadas como parte del proceso investigativo en que se vieron implicados Daniel Alveal Levicura y Jorge Méndez, hoy absueltos por no lograr acreditarse su autoría en los hechos que fueron materia de acusación delictual.

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