Sala de Prensa

07/12/2009

Ley de Responsabilidad Penal Adolescente: un desafío inconcluso

El Defensor Regional de Magallanes, Juan Vivar, expuso en seminario sobre este nuevo texto legal. Junto con difundir la labor de la Defensoría en el contexto de esa ley, expuso los desafíos regionales del sistema de juzgamiento penal de jóvenes.

“Los jóvenes que entran en conflicto con la justicia penal son menos de lo que la opinión pública percibe”, dijo el Defensor Regional de Magallanes, Juan Vivar, durante su exposición en el seminario “La Convención sobre Derechos del Niño y el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil en la Región de Magallanes y Antártica Chilena”, organizado por la Seremi de Justicia con el patrocinio de la UNICEF.

El evento se desarrolló el pasado lunes 30 de noviembre en el Salón Auditorio de la PDI en Punta Arenas y reunió a instituciones del ámbito público y privado que trabajan la temática de los menores en conflicto con la justicia.

Vivar informó que a nivel nacional, en 2008 un 10,5 por ciento de los imputados atendidos por la Defensoría fueron menores de edad, cifra que en Magallanes disminuyó a un 8,6 por ciento.  En el primer semestre del presente año, en tanto, los menores imputados en el país equivalen a un 9,7 por ciento y en la Duodécima Región a un 6,4 por ciento.

Dichos porcentajes corresponden a la aplicación La Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, que entró en vigencia  el 8 de Junio de 2007 y cuyo objetivo fue que el Estado diera una respuesta diferenciada a los adolescentes que cometen actos reñidos con la ley penal, implementando, al efecto, un nuevo sistema completamente distinto del aplicable a los adultos. “La idea, como lo sostiene la ley -dijo Vivar-, es hacer efectiva la responsabilidad penal de jóvenes por hechos delictivos que cometan, de tal modo que la sanción sea parte de una intervención socioeducativa amplia, con miras a la plena integración social”.

Resaltando que “el nuevo sistema reconoce  a los adolescentes como sujetos de derecho, lo que implica que a un joven infractor de ley se le reconozca y garantice su derecho a defensa en un juicio oral, público y por sobre todo justo”.

A juicio del jefe de la Defensoría en Magallanes, no obstante lo claro que pueda aparecer la aplicación de los principios que rigen a la ley a manos de defensores, fiscales, jueces y SENAME, el tema no ha estado exento de una serie de falencias y críticas que parecieran justificadas. Una de las más graves, dijo, es “la aplicación desproporcionada de la internación provisoria, por cuanto, con los convenios, tratados internacionales y la propia ley se reconoce que las medidas de privación de libertad se han de aplicar en casos extremos y que dicha medida sólo puede aplicarse en consideración a la sanción probable que ha de recibir el adolescente y en este punto la incoherencia es abrumadora”.

Dijo, además, que “las cifras que maneja la Defensoría son preocupantes, si consideramos que a nivel nacional solamente a un 12,7 por ciento de los menores con internación provisoria se les aplicó, finalmente, una sanción de régimen cerrado”

“Las consecuencias de privar de libertad a un adolescente, considerando su crítica etapa de desarrollo, pueden ser funestas desde el punto de vista de la finalidad principal de la ley, esto es, la reinserción e integración social”, reflexionó el Defensor Regional.

DATOS COMPARADOS Comparando la internación provisoria como medida cautelar durante el periodo de la investigación, con la prisión preventiva para imputados adultos, el defensor señaló que

“Durante 2008 a nivel nacional un 7,7 por ciento de los imputados jóvenes fue sujeto de internación provisoria, mientras que un 6,4 por ciento de los imputados adultos tuvo prisión preventiva. A nivel regional un 0,9 por ciento de los jóvenes tuvo internación provisoria, a diferencia de los adultos con prisión preventiva, que fueron el 1,8 por ciento.”

El Defensor Regional resaltó que a nivel regional, el primer semestre de 2009 se produjo un notable aumento de la medida cautelar de internación provisoria, pues al 6,6 por ciento de los jóvenes se le aplicó tal medida, muy superior al 2,4 por ciento de prisión preventiva aplicadas a los imputados adultos. A nivel nacional fue de un 6,6  y 6,7 por ciento, respectivamente.

Para Vivar, las consecuencias de mantener privado de libertad a un joven  mientras dure la investigación van mucho más allá del tiempo que dure la medida, “ya que es sabido que centros privativos de libertad con sus características propias: carencia de relaciones afectivas, contagio criminógeno, altos niveles de violencia y frustración, estigmatización, pueden tener un fuerte efecto desocializador, aun cuando la privación sea por un período breve mientras dure la investigación”, argumentó.

“Late la idea común de que si el adolescente, aún cuando vaya a ser sancionado con una pena no privativa de libertad, no pasa a lo menos una temporada bajo encierro, ello sería sinónimo de impunidad”, cuestionó Vivar, para luego afirmar que el sistema debe propender a una racionalización en la aplicación de la internación provisoria priorizando más rehabilitar que castigar

ESPECIALIZACIÓN DE OPERADORES Según el abogado, otra de las debilidades detectadas, y muy particularmente a nivel regional, es la falta de especialización de los actores del sistema penal juvenil: jueces, fiscales y defensores. A modo de ejemplo, expuso que a diferencia del resto de las defensorías regionales del país, en Magallanes no se cuenta con un defensor penal público juvenil, debido a que, por razones presupuestarias, la prioridad la tienen regiones con mayor volumen de causas.

El Defensor Regional de Magallanes concluyó su exposición marcando la necesidad de superar la idea de que sea sólo el sistema penal el que pueda resolver la problemática subyacente al conflicto penal adolescente. Para él, la respuesta penal efectiva debe concebirse como la suma de la reinserción más una red de protección social: “Es decir, la obligación de una sociedad de dar cabida en su seno a quienes entran en conflicto con la justicia nos implica a todos: sociedad civil y Estado”, concluyó.

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