Sala de Prensa

17/05/2010

Formalizado sólo por infracción a la Ley de Control de Armas y en libertad quedó ciudadano paquistaní

Cuarto Tribunal de Garantía de Santiago acogió argumentos de su defensor, Gabriel Carrión, para rechazar solicitud de prisión preventiva hecha por el Ministerio Público.

La magistrada del Cuarto Tribunal de Garantía de Santiago, Carolina Araya, rechazó la solicitud de la fiscalía y del Ministerio del Interior de dejar en prisión preventiva al ciudadano paquistaní Mohamed Saif Ur Rehman, quien había sido detenido la semana pasada en la Embajada de Estados Unidos en Santiago, con lo que terminó la privación de libertad del imputado, que se extendió por seis días.

En la misma audiencia de formalización, efectuada el pasado sábado 15, Ur Rehman fue formalizado por el delito de infracción a la Ley de Control de Armas y Explosivos, con un plazo de investigación de 120 días.

El joven, de 27 años, fue detenido el lunes 10 de mayo, después de que en la embajada estadounidense –hasta donde llegó llamado por un funcionario para un supuesto trámite- cuando según funcionarios de la legación se le detectara en sus documentos y teléfono celular pequeños rastros de elementos explosivos.

La audiencia de control de su detención, prevista para el día siguiente, fue sorpresivamente suspendida, después de que la jueza del Octavo Juzgado de Garantía, Ely Rothfeld, accedió a prorrogar la detención por cinco días, acogiendo la aplicación de la Ley Antiterrorista. Ante un amparo presentado por la defensa del marroquí, esta magistrada se declaró incompetente.

Luego, el defensor penal público Gabriel Carrión, acompañado de su colega Mario Palma, solicitó al Cuarto Tribunal de Garantía que adelantara la audiencia de control de detención, fijada inicialmente para el domingo 16, ya que no se justificaba la prórroga de la detención. Finalmente la diligencia se adelantó para el sábado 15, ocasión en que el defensor planteó la ilegalidad de la detención del ciudadano marroquí.

Esto no fue acogido por la magistrada Carolina Araya, ya que a su juicio la resolución del la jueza Rothfeld -que concedió a la fiscalía la prórroga de la detención- tácitamente estaba reconociendo la legalidad de la medida.

Durante la audiencia, el fiscal regional metropolitano oriente, Xavier Armendáriz, y el fiscal adjunto Francisco Jazir sólo formalizaron a Ur Rehman por infracción a la Ley de Control de Armas y Explosivos, desestimando invocar la Ley Antiterrorista, bajo cuyo expediente se obtuvo previamente la prórroga de la detención. 

Armendáriz argumentó que aparte del celular y de los documentos, también se encontraron partículas de Tetryl en un bolso que portaba el imputado al momento de la detención. Aseguraron que después, en la habitación que éste arrienda, se encontraron restos similares en seis prendas y dos maletas. Los fiscales agregaron informes reservados, que darían cuenta de la relación del imputado con dos integrantes de un supuesto grupo religioso musulmán de ideas radicales.

En tanto, los abogados del Ministerio del Interior -que habían presentado previamente una querella por Ley Antiterrorista- afirmaron que la prisión preventiva se justificaba plenamente en este caso, ya que concurrían los cuatro requisitos que exige esa norma: que exista un grupo, que éste tenga permanencia en el tiempo, que tenga funciones divididas y jerarquizadas y que tengan un plan criminal.

ARGUMENTOS DE LA DEFENSA Al dirigirse al tribunal, el defensor Gabriel Carrión expresó que tras escuchar a la fiscalía no le quedaba duda de que no había  flagrancia, y que la detención fue ilegal, más allá de la resolución dictada por una jueza que no tenía competencia en esta causa. Agregó que si la fiscalía sólo encontró estas partículas -que ciertamente ni siquiera son visibles para el ojo humano-, debió acompañar un peritaje que confirmara que esos rastros eran suficientes para generar una explosión.

Respecto de la pretensión del Ministerio del Interior, el defensor se manifestó sorprendido, porque preguntó, “¿en qué parte de la carpeta de investigación está acreditado todo eso?”.

La magistrada Carolina Araya, en definitiva, coincidió con la defensa en cuanto a que no había mérito para la prisión preventiva, y resolvió que si bien hay fundamento para seguir investigando, los antecedentes presentados por la fiscalía no son suficientes para exigir la medida cautelar más gravosa, más aún cuando el imputado ha estado seis días privado de libertad. Como medida cautelar, el tribunal aceptó decretar firma semanal ante Extranjería y arraigo regional para Ur Rehman.

  • subir
  • imprimir
  • volver

DPP - Av. Bernardo O'Higgins 1449 Pisos 5 y 8, Santiago - Cód. Postal: 8340518 - Teléfonos +56 443 686 800 | +56 443 686 890