Sala de Prensa

02/06/2010

Defensa logra nuevamente la libertad del ciudadano paquistaní Saif Ur Rehman Khan

El juez Jorge Norambuena, del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, dio por acreditado el arraigo del imputado, señalando que "yo no conozco a nadie que tenga más arraigo o sea más conocido que don Saif".

El titular del Cuarto Juzgado de Garantía, Jorge Norambuena, dio por acreditado el arraigo del ciudadano paquistaní Mohammed Saif Ur Rehman Khan, al revocar ayer la prisión preventiva dictada en su  contra por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

“Con lo que se ha expuesto en esta audiencia, yo no conozco a nadie que tenga más arraigo o sea más conocido que don Saif, porque hay un informe social que señala que conversó con varias personas que lo conocen, hay un informe del embajador que se presenta como aval del domicilio”, expuso en su sentencia.

El magistrado también acogió la tesis del defensor penal público Gabriel Carrión (a la izquierda en la foto), en cuanto a que en esta imputación existe “idoneidad ausente” de las partículas encontradas en algunas de sus pertenencias, para que efectivamente se configure un delito de peligro abstracto como los consagrados en la Ley de Control de Armas.

Entre otras razones que esgrimió para revocar la prisión preventiva por considerarla desproporcionada, Norambuena expresó que un vestigio o traza tan mínima “no tiene aptitud para explotar, porque no podemos decir que va a tirar el celular el imputado y va a explotar”.

Acompañado por el jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Norte, Andrés Rieutord, el defensor Carrión expuso los hechos que rodearon la detención de Saif. Acerca de su ingreso a la embajada de Estados Unidos, el 10 de mayo pasado, donde una máquina detectó partículas de tetryl -un derivado del TNT- en el celular y los documentos que Saif pasó para el control de ingreso, Carrión dio a conocer hechos que el tribunal estimó relevantes.

SIN RASTROS EN LAS MANOS Después de revisar los informes policiales incorporados por la fiscalía a la carpeta de investigación, comprobó que el mismo informe del Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE) de Carabineros que confirmó los mencionados rastros de tetryl, constató que partículas similares no fueron encontradas ni en las manos ni en las ropas del imputado. Este hecho llamó particularmente la atención del magistrado Norambuena.

Carrión exhibió también una serie de documentos que acreditaban su arraigo en Chile. Entre ellos está una carta enviada por la Cónsul de Chile en Paquistán al hotel donde finalmente encontró trabajo en Santiago y otra de la directora del College Fronteras, donde Saif estudia español.

El defensor destacó también la carta del embajador de Paquistán en Chile con la que reservó el departamento para la familia de Saif, en donde además se ofrece como aval. Representó también que su novia (a la derecha en la foto) es chilena y que sus padres viajaron desde Paquistán y están instalados en Chile hasta que se resuelva la causa contra su hijo.

El fiscal a cargo de la investigación, Francisco Jacir, trató de refutar los antecedentes sobre el arraigo presentados por la defensa. Citó que en declaraciones a la prensa el padre de Saif dijo que su intención era llevárselo de vuelta a su país y no que éste se asentara en Chile. Expresó también que el propio Saif, cuando fue detenido, dijo que si bien había tenido una relación con Lorena Cotroneo, eso había terminado.

La fiscalía formalizó al paquistaní por infracción a la Ley de Control de Armas y Explosivos, aunque previamente lo mantuvo seis días privado de libertad, gracias a una prórroga que obtuvo de la jueza Ely Rothfeld (quien después se declaró incompetente) invocando la Ley Antiterrorista.

POSIBLE DISCRIMINACIÓN El Ministerio del Interior, que a través de su abogado, José Miguel Del Pozo, mantiene una querella por asociación ilícita terrorista contra el paquistaní, expresó en tanto que las partículas halladas aún no han podido ser justificadas por la defensa. Enfatizó que Saif es parte de un grupo radical de musulmanes que asisten a la mezquita de Ñuñoa, tema sobre el cual Carrión replicó que esa afirmación no tiene ningún sustento en la carpeta de investigación.

En su resolución, el juez Jorge Norambuena partió precisando que el imputado no estaba formalizado por asociación ilícita terrorista, sino sólo por infracción a la Ley de Control de Armas y Explosivos.

En su argumentación para revocar la prisión preventiva y decretar su inmediata libertad, junto con dar por asentado el arraigo, advirtió acerca de consideraciones extrajudiciales respecto del imputado. “En consecuencia, estimando que han variado las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su oportunidad y que cualquier otra consideración que implique vincularlo con grupos religiosos, con grupos que se dedican a actos terroristas, por tener una nacionalidad distinta, de juntarse con personas que profesan una determinada religión, podría ser un acto de discriminación que atenta contra el derecho internacional, el tribunal accede a lo solicitado por la defensa y deja sin efecto la prisión preventiva”, concluyó el juez de garantía.

A petición de la fiscalía, el tribunal decretó firma quincenal ante Extranjería y arraigo nacional y regional para Saif Ur Rehman Khan.

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