Sala de Prensa

22/09/2010

Diez años de reforma

La siguiente columna de opinión, escrita por el abogado Fernando Alliende Crichton, de la Defensoría Regional de Valparaíso, fue publicada el pasado lunes por el diario El Mercurio de esa ciudad.

A fines de año se cumplirán diez años de la entrada en vigencia de la reforma procesal penal en Chile. Una política pública ambiciosa, que ha transitado por cuatro gobiernos y que tenía como norte no sólo la renovación de los procedimientos en materia penal, sino que el desafío mayor de instaurar un profundo cambio cultural en la  justicia criminal: dejar atrás un sistema inquisitorial premoderno, dando paso a uno acusatorio que recogiese los estándares fijados por los tratados internacionales, buscando combinar  una eficiente persecución del delito con el debido respeto de los derechos ciudadanos.

Una década es adecuada para hacer una revisión retrospectiva y esbozar una evaluación. A pesar de tratarse de una obra no exenta de dificultades, con desafíos pendientes, la balanza se inclina por una valoración positiva.

Fruto de esta reforma es la consagración de los principios inherentes a todo proceso penal moderno, como la presunción de inocencia, transparencia, inmediación y oralidad, principios inspiradores del nuevo sistema, que pese al escepticismo  del inicio, hoy son una realidad que se materializa en los tribunales y cortes, mediante la actuación de ministros, jueces, fiscales y defensores.

Su técnica legislativa y exitosa implementación han instalado a nuestra reforma como un modelo para otros sistemas procesales penales del continente, como Perú y México, que han seguido los lineamientos de la experiencia chilena.

¿Cuáles son las razones tras los aciertos?  Son múltiples y de diverso orden. No obstante, hay tres aspectos determinantes: una visión de largo plazo de las autoridades de la época, que supieron construir un acuerdo transversal en torno a la reforma que permitió otorgarle la impronta de una política de estado; se recogió la opinión de los académicos expertos, quienes participaron en la redacción y discusión parlamentaria del Código Procesal Penal; y se optó por una implementación gradual, dejando fuera los delitos cometidos antes de su entrada en vigencia, lo que permitió ir perfeccionando el sistema a medida que avanzaba.   En la línea del perfeccionamiento están la Ley de Ajustes y la Agenda Corta. Sin embargo, algunas de sus modificaciones significaron un retroceso en las garantías. Es el caso de la ampliación excesiva de los supuestos de detención por flagrancia, y en la prisión preventiva, las reglas especiales que se introdujeron respecto de los efectos de su apelación en ciertos delitos.

Es de esperar que  a futuro se recoja la experiencia positiva,  se perfeccione sin alterar sus avances en favor de los derechos ciudadanos y la aplicación de sus principios se extienda a otros ámbitos de la justicia penal, como el sistema penitenciario y la justicia militar, que  permanecen anclados en la premodernidad. Por Fernando Alliende Crichton, Abogado Defensoría Regional Valparaíso.

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