Sala de Prensa

29/12/2010

Ex uniformado absuelto por disparar en legítima defensa

Defensa comprobó que el imputado actuó luego de que el chofer de un camión, que transitaba sin permiso a través de su parcela, intentara atropellarlo.

un juicio simplificado el Tribunal de Garantía de Castro determinó la absolución de José Pérez Pérez (72 años), quien fue acusado por el Ministerio Público -tras dos años de investigación- de ser el autor de un cuasi delito de lesiones graves, cometido el 28 de octubre de 2008 en el sector rural de Bultalcura, en la comuna de Dalcahue, Isla de Chiloé.

El hecho descrito durante el juicio daba cuenta de que José Pérez trató de impedir que siete sujetos, que iban en un camión, sacaran leña desde un predio contiguo a su propiedad y la transportaran sin autorización a través de su parcela. Cuando se paró delante del vehículo para que éste no avanzara, los sujetos lo amenazaron e insultaron.

Como él no se movió, trataron de atropellarlo con el camión. En ese momento él disparó y la bala de su revólver rebotó en parte del parabrisas y dio en el rostro de Carlos Vidal Barrientos, quien viajaba como copiloto en la cabina del camión.

Durante el procedimiento simplificado el defensor penal público, Claudio Herrera logró hacer prevalecer sus argumentos, los cuales iban dirigidos a que el ex militar y agricultor actuó para defenderse de una agresión.

Durante la sentencia la jueza Alejandra Varas Cuevas tomó los antecedentes presentados por el defensor para tomar su decisión absolutoria y fundarla explicando que “de la prueba rendida se vislumbra, que  por parte de estas siete personas hubo una agresión ilegitima hacia el imputado, ataque que era inminente, real y actual para éste, volviéndose ilusorio que pudiera esperar la intervención estatal. El imputado vio amenazado y afectado su derecho de propiedad, su integridad física y la de su cónyuge, pidiendo ésta última la presencia policial por amenazas. La jueza agregó que “no existió provocación del imputado, prueba de ello, es que él estaba trabajando en su propiedad y el ataque es repelido dentro de ella, sin que haya hecho algo para provocar a estas siete personas que ingresaron a su propiedad con un camión”.

La magistrado explicó que durante el procedimiento se pudo establecer que “el medio empleado para impedir o repeler tal agresión fue racional, ya que quienes entraron al predio del imputado los superaban en número, eran más jóvenes y andaban en un camión. Que la situación era de peligro real e inminente y,  a juicio de esta sentenciadora, lo autorizaba y legitimaba para intentar repeler la agresión ilegitima con su arma de fuego, la cual haber disparado dolosa o culposamente, pero igualmente amparado por la causal de justificación de la legítima defensa”. 

Por su parte el abogado defensor, Claudio Herrera explicó que “el imputado actuó en legítima defensa propia y de sus derechos, en atención que las personas que ingresaron a su propiedad no tenían  autorización para aquello, siendo desestimado el ejercicio de un derecho de servidumbre argumentado por la Fiscalía”

Tras la audiencia el imputado José Pérez y su esposa Laura Arenas le agradecieron a Claudio Herrera la gestión desarrollada por la defensa. Ante esto el defensor explicó que para él fue muy importante este contacto, ya que, según dijo “este es un caso que sin duda permite situar el verdadero alcance de nuestra función, cuando hay personas inocentes que enfrentan un proceso penal como imputados y que probablemente sin nuestra ayuda habrían sido condenados”.

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