Sala de Prensa

17/02/2011

Conozca sus derechos

El año pasado, la Defensoría Regional de O'Higgins denunció la ilegalidad del control de identidad y revisión que la PDI realiza diariamente en los buses que ingresan a Pichilemu. Desgraciadamente, esta práctica sigue vigente, tal como lo plantea en esta columna -publicada hoy en el diario El Rancagüino- el Defensor Regional, Alberto Ortega.

Durante el mes de enero hemos sido testigos de una situación que pensamos se había zanjado y desterrado en nuestro principal balneario. La Policía de Investigaciones, en compañía de funcionarios de Carabineros, detiene vehículos y buses para efectuar controles masivos de identidad y, por cierto, en ocasiones para usar un perro detector de drogas sobre las personas y dentro de los vehículos.

Eso es ilegal y abusivo. Lo dijimos en 2010 y lo debemos reiterar. El artículo 85 del Código Procesal Penal señala que los funcionarios policiales deberán solicitar la identificación a cualquier persona sólo “en casos fundados” y los casos en que se justifica son aquellos en que el ciudadano a quien se examina sea parte o testigo de un delito o se disfrace o emboce para ocultar su identidad.

Fuera de esos supuestos no corresponde y es ilegal que un funcionario policial solicite la identificación a una persona. Más aún, es indigno que se proceda a registrar sus vestimentas, su equipaje o el vehículo con el agravante de usar animales para ello.     El año pasado dijimos que fuimos testigos de casos en que ciudadanos reclamaron por haber sido despertados de su plácido sueño al interior del bus porque los demás pasajeros le zamarreaban para que buscara su identificación y otro a quien le impresionó que un perro olfateara dentro del bus y sobre su persona. Qué decir de lo desagradable que es llegar al destino y sacar las maletas con marcas entierradas de patas de perro sobre las mismas.

Todo esto para qué… Para NADA. Pues el propio tribunal de garantia de Pichilemu ha declarado que las detenciones que se han efectuado con cargo a estos procedimientos viciados son ilegales y ha oficiado una y otra vez al jefe zonal de la PDI para que adecue su actuación al derecho, sin muchos resultados prácticos a la fecha.

En la actualidad sabemos que el Ministerio Publico está publicitando entre las policías una “guía práctica” sobre controles de identidad y procedimientos. En dicho manual se lee expresamente que: “No es procedente controlar la identidad de un individuo sólo por su aspecto físico o indumentaria, o por estar reunido en grupo en un espacio público sin provocar daño o desorden”. Tal vez, el alineamiento a la normativa que persigue con esta capacitación el señor Fiscal Regional dé sus frutos en la ciudad de Pichilemu.   

Una vez más debemos echar mano a la vieja máxima de la Policía de Investigaciones que -a pesar de ser una institución por la que sentimos un profundo respeto- olvida en estos procedimientos que debe: “Investigar para detener y no detener para investigar”.

En fin, recuerde que con cargo al artículo 19 Nº 7 de la Constitución Política de la Republica usted tiene el derecho de trasladarse libremente de un lugar a otro del país y que ningún discurso de control de la delincuencia será nunca suficiente fundamento para que se haga mella en su preciada y sagrada libertad.   

Por Alberto Ortega Jirón, Defensor Regional de O’Higgins.

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