Sala de Prensa

21/04/2011

Defensoría de Los Lagos logró corregir sentencia de la justicia militar contra pescador

Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió recurso de la defensa en causa que cuestionó graves violaciones a la legalidad en la condena de un pescador artesanal.

Una relevante corrección a la sentencia pronunciada por el Tribunal Naval de Talcahuano en un caso recientemente traspasado a la justicia ordinaria por la ley 20.477 obtuvo la Defensoría Regional de Los Lagos, luego de demostrar ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt las graves infracciones al debido proceso y a la legalidad cometidas por la justicia militar, que previamente condenó a un pescador artesanal a 540 días de cárcel. Finalmente, tras acogerse el recurso interpuesto por la defensa, la pena fue rebajada a 61 días bajo reclusión nocturna.

El pasado 21 de marzo se notificó al abogado Antonio Guerra, defensor penal público de Ancud, de la condena de 540 días de privación de libertad impuesta al pescador artesanal por la jurisdicción militar como autor del delito de maltrato de obra contra la policía naval, causando lesiones, tras lo cual la defensa pública impugnó lo resuelto por esa instancia, en conformidad con las normas vigentes en el actual proceso penal.

Una vez que revisó la sentencia definitiva recaída en esta causa del Juzgado Naval de Talcahuano, el defensor Guerra  advirtió que al condenado no se le garantizó debidamente el derecho a defensa técnica de calidad -asegurado constitucionalmente- ni se le permitió producir prueba de descargo durante el curso del proceso, además de que se infringió la ley penal al imponerle una pena sustancialmente mayor a la permitida por el legislador.

Por todas estas razones y a través de un recurso de apelación, Guerra solicitó su enmienda conforme al derecho aplicado por los tribunales ordinarios de justicia.

Sobre esta presentación de la defensa, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt decidió “que, los anteriores cuestionamientos formulados al sistema de enjuiciamiento aplicado al delito materia de autos  –que, igualmente, se pueden efectuar en forma extensiva, respecto a las reglas que informaban el antiguo procedimiento penal- insoslayablemente valederos y de aceptación general, motivaron, precisamente, la reforma que dotó a nuestro país del ordenamiento procesal penal vigente, moderno y garantista de los derechos fundamentales de los intervinientes”.

Así las cosas, el tribunal de alzada de Puerto Montt acogió el recurso de apelación presentado por la defensa, específicamente en aquella parte en que sostuvo que se infringió al principio de legalidad penal al imponer al justiciable una agravante de su responsabilidad penal de un modo prohibido por la ley, razón por la cual acogió la solicitud de rebaja de la pena de 540 a 61 días de privación de libertad, la que deberá cumplirse bajo el régimen de reclusión nocturna.

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