Sala de Prensa

20/05/2011

Interceptaciones telefónicas y el respeto de las garantías constitucionales

La siguiente columna de opinión fue escrita por Juan Carlos Rebolledo, Defensor Regional de Aysén.

El pasado martes, el diario La Tercera publicó una nota cuyo titular era “Revelan que el Ministerio Público intercepta 1.600 teléfonos mensualmente”, información que fue entregada por la encargada del Registro de Solicitudes de Interceptaciones Telefónicas del Ministerio Público, programa que comenzará a operar en mayo de 2011.

Como Defensoría Penal Pública comprendemos la necesidad de recurrir a la tecnología disponible para investigar casos complejos y de alta connotación social como los casos de tráficos de drogas, entre otros. Sin embargo, nos preocupa que esta práctica se extienda más allá de lo razonable y dañe el respeto de las garantías constitucionales de las personas.

Es más, incluso en los casos de alta connotación social hay que tener cuidado de no sobrepasar los delicados y -a veces- difusos límites entre la investigación y el derecho a la intimidad y la defensa de cualquier persona.

Destacados penalistas de Chile han señalado también su preocupación respecto de este tema. En la misma nota señalada, el abogado Juan Pablo Hermosilla ha manifestado que es preocupante la cantidad de interceptaciones telefónicas que hace mensualmente el Ministerio Público.

Y es que la interceptación de llamadas vulnera la intimidad de las personas cuyos teléfonos son intervenidos, pero también son vulnerados los derechos de quienes llamen a ese teléfono y lleven a cabo diálogos en la creencia de que aquello que dicen es privado y personal.

¿Y dónde quedaría la privacidad de la conversación entre un imputado y su abogado defensor? ¿Cuáles serán los márgenes que detendrán aquella interceptación o el uso de la información que pudiera verterse en una conversación intervenida por terceros? Y por favor, piense que no sólo los delincuentes habituales cometen delitos y están sujetos -eventualmente- a este tipo de prácticas, por lo tanto usted, yo, sus hijos o cualquier otro familiar o amigo también podrían estarlo.

Si bien las intervenciones telefónicas pueden ser útiles para esclarecer delitos de gravedad,  es tan delicada su aplicación que se hace necesario una constante observación de las autoridades y del mundo académico y jurídico, para evitar un daño irreversible a las garantías de las personas.

Por: Juan Carlos Rebolledo Pereira, Defensor Regional de Aysén.

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