Sala de Prensa

31/05/2011

La presunción de inocencia

La siguiente columna de opinión, escrita por el abogado Rodrigo Jaque, de la Defensoría Regional del Maule, fue publicada hoy en diario El Centro de Talca.

A diario en distintos medios de comunicación o por comentarios con terceros, sabemos de informaciones donde se da cuenta de personas que son llevadas ante un juez de garantía en calidad de imputados (as), como presuntos responsables de haber cometido algún delito. Asociamos, entonces -en algunos casos con absoluto desconocimiento de todos los elementos necesarios-, que por el sólo hecho de cumplir con esta obligación, es decir, presentarse ante un tribunal, ya son responsables o culpables del delito en cuestión.   Pero ello no es así. En nuestra sociedad toda persona que sea imputada por algún hecho que sea reprochable jurídicamente debe ser considerada como inocente hasta que un tribunal, previa investigación de la Fiscalía, determine lo contrario. El ser tratado como inocente entonces, es un derecho esencial, fundamental. Es en buenas cuentas, un derecho humano.

Todo comenzaría por la formalización, que es un acto jurídico simple, en el cual se le informa a la persona imputada de cargos y que está en marcha una investigación en su contra. Entonces, insisto, la formalización no implica en sí una condena y aunque algunos medios de comunicación le asignan gran importancia en sus pautas informativas, la realidad desnuda nos dice que no todos los casos formalizados terminan en una sanción penal. Es más, en algunos casos, estos imputados resultan ser absueltos o declarados inocentes.

A mayor abundamiento, y sólo por dar una cifra, en nuestra región en 2009, un 23,4 por ciento de los imputados fueron absueltos en juicio oral, según estadísticas de la Defensoría Penal Pública.

De ahí surge la importancia del trato: se debe tener conciencia que nadie está libre de ser formalizado en el futuro o de ser requerido para presentarse ante un juzgado de garantía al ser imputado de algún hecho cuestionable. Ser, por ende, estigmatizado, maltratado, o incluso segregado de la sociedad. Ser imputado no significa ser un delincuente, es una presunción elemental.

Se necesita un cambio en la percepción y valorar la existencia de la presunción de inocencia en una potencial persona imputada. Como comunidad debemos procurar un cambio de actitud frente a las informaciones que recibimos a diario -formal o informalmente- sobre hechos judiciales en el ámbito penal y a las personas que están involucradas en una investigación.

Es necesario que cada uno tenga la pausa necesaria para sopesar los hechos y formarse una opinión, pero por sobre todo esperar la decisión del respectivo tribunal, que determinará su grado de participación en los hechos que se le imputen, teniendo a la vista todos los elementos producto de una investigación previa.

Nuestra misión en la Defensoría Penal Pública no sólo es proporcionar defensa penal a los imputados o acusados por un crimen, simple delito o falta que sea de competencia de un juzgado de garantía o un tribunal de juicio oral en lo penal o de las respectivas Cortes, en su caso, y que carezca de un abogado. También nuestra tarea es defender el derecho de toda persona a ser tratada como inocente y garantizar que todos los derechos de un imputado o acusado sean respetados.

En consecuencia, no debería ser hoy una utopía que todos tengan presente que un imputado no necesariamente es el responsable de los delitos de los que se les acusa, y que perfectamente podría ser declarado como inocente.

Por Rodrigo Jaque Inostroza, abogado Defensoría Regional del Maule.

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