Sala de Prensa

01/02/2012

Presunción de inocencia y justicia

La siguiente columna de opinión, escrita por el Defensor Regional Metropolitano Sur, fue publicada por el diario "El Labrador" de Melipilla.

Todo proceso penal, desde su inicio y hasta que no exista una sentencia ejecutoriada que imponga una condena, presupone el mantenimiento de una condición incuestionable que favorece al imputado o imputada: la “presunción de inocencia”.

Dicho concepto ha sido reflotado una vez más en las últimas semanas, como parte de la cobertura en los medios de prensa nacional, desde el llamado “Caso La Polar” hasta el triple homicidio de Curacaví, pasando por otros casos que involucran a personajes públicos, políticos o figuras de la televisión.

Se debe recordar que el Código Procesal Penal establece en su artículo 4, con toda claridad, lo siguiente: “…Presunción de inocencia del imputado. Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme…”. En consecuencia, la calidad de inocente de una persona no se pierde ante la detención por la policía, ni por la formalización de la investigación efectuada por los fiscales del Ministerio Público.

La vulneración, olvido o desconocimiento -voluntario o no- de este principio atenta contra la dignidad de las personas que enfrentan una imputación penal. Esto se materializa con daños irreparables cuando las personas imputadas y finalmente absueltas, quedan etiquetados como “el abusador de” o “el asesino de…”, ya que así han sido denominados durante el tiempo que dura el proceso y son indicados como tales por la comunidad.

Si el caso es de connotación pública, el daño se multiplica. Esta situación se agrava al constatar que la mayor parte de las personas imputadas por el sistema de persecución penal son de extracción humilde, de sectores populares, quienes carecen de una tribuna que les permita ser escuchados y exigir el respeto de sus derechos.

La Defensoría Penal Pública tiene asignada como tarea, dentro de su vocación institucional, exigir el respeto por las garantías y derechos de todas las personas, dentro de los cuales la presunción de inocencia ocupa un lugar de preferencia, ya sea que deba aplicarse a la persona más humilde del país o a importantes figuras de la política o de los negocios.

Esperamos que en este año 2012 podamos progresar en el respeto de la presunción de inocencia, principio de la máxima relevancia para la construcción de una sociedad más justa.

Por Claudio Pavlic, Defensor Regional Metropolitano Sur.

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