Sala de Prensa

04/10/2012

En el caso del barrista de Colo Colo asesinado en Macul

Defensor público Andrés Rojas: “Lo cuestionable fue el procedimiento policial”.

El abogado, quien representa al imputado Pablo Ávila, justificó el doble rechazo a la solicitud de privar de libertad a su cliente, pues el fiscal no pudo explicar por qué su defendido fue trasladado a la Brigada de Homicidios de la PDI.

El defensor público Andrés Rojas no la tenía fácil en la audiencia de formalización de Pablo Ávila Méndez. La policía y la fiscalía ya lo habían sindicado públicamente como el autor confeso del homicidio del barrista de Colo Colo Claudio Licanqueo, de modo que a la condena mediática anticipada se sumaron opiniones críticas  a la decisión de la magistrada del 13° Juzgado de Garantía de Santiago, Natasha Ruz.

La jueza rechazó otorgar una orden de detención en contra del imputado -como lo solicitó el fiscal de la causa, Felipe Sepúlveda-, por considerar que si Ávila se había presentado voluntariamente, no existía peligro de fuga.

Los hechos dieron la razón a la magistrada, ya que al día siguiente, Pablo Ávila efectivamente llegó al tribunal para asistir a la audiencia en que fue formalizado, instancia que estuvo a cargo de la jueza Valeria Vega. No obstante la existencia de una supuesta confesión de su parte, el defensor Rojas comentó a sus colegas que en esta causa “hay mucho que hacer”. 

Y así fue. Como se sabe, la magistrada Vega rechazó la solicitud de prisión preventiva de la fiscalía y sólo decretó las medidas cautelares de arraigo nacional y firma quincenal en el Ministerio Público en contra de Ávila.

PROCEDIMIENTO POLICIAL
A pesar de la ola de críticas que la resolución despertó en diversos sectores, Rojas sostiene que ambas magistradas actuaron correctamente, ya que en este caso “lo cuestionable fue el procedimiento policial”. 

El defensor público explica que tras el relato con que el fiscal pretendió fundamentar su solicitud de prisión preventiva, a él le correspondió representar las ilegalidades manifiestas en que incurrió el procedimiento policial.

Así, hizo ver que según el fiscal, el imputado concurrió voluntariamente hasta la Brigada de Homicidios de Investigaciones para entregarse. Sin embargo, el parte policial señalaba que Ávila fue trasladado por orden del fiscal para hacerle un control de identidad, cuando aún no existía orden de detención en su contra.

Andrés Rojas afirma que a la magistrada le quedaron de manifiesto estas contradicciones y que, en cualquier caso, en su resolución subrayó la improcedencia de pretender hacer un control de identidad en un cuartel policial, cuando la persona portaba su cédula de identidad.

Según Rojas, la debilidad de la posición del Ministerio Público en la audiencia fue evidente, al punto que si bien tiene la opción de hacerlo en los cinco días siguientes, el fiscal ni siquiera apeló de la resolución en ese momento.

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