Sala de Prensa

15/11/2012

En caso por fatal choque ocurrido en Talagante

Imputado se presentó voluntariamente a juzgado tras revocarse su arresto domiciliario

El defensor penal público Julio Espinoza, quien acompaño al imputado Isaías V.R., explicó que “pese a no compartir la resolución de la Corte, se respeta el fallo y por eso concurrimos con mi defendido para demostrar su cumplimiento de las resoluciones judiciales”.

Acompañando por el defensor penal público Julio Espinoza, el imputado Isaías V. R., se presentó ayer voluntariamente ante el Juzgado de Garantía de Talagante, luego de conocer el cambio de la medida cautelar que lo afectaba -arresto domiciliario nocturno- por la de prisión preventiva, dictaminada por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel.

A las cautelares inicialmente dictadas por el magistrado Luis Fredes, del Tribunal de Garantía de Talagante, se sumaba la firma semanal, situación que fue recurrida por la Fiscalía ante la Corte de Apelaciones de San Miguel. En audiencia realizada durante la mañana de ayer, la Cuarta Sala del tribunal de alzada cambió esa cautelar por la de prisión preventiva, la que deberá ser cumplida en el recinto penal que Gendarmería determine.

Isaías V. R. había sido formalizado el pasado domingo, luego de protagonizar un accidente de tránsito en el sector del camino Lonquén Sur, en el cual fallecieron tres personas y dos resultaron heridas. En esa oportunidad se le imputaron los delitos de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando muertes, lesiones graves y leves.

PRESENTACIÓN VOLUNTARIA
Una vez conocida la resolución, Isaías V.R. se dirigió al juzgado de Talagante para presentarse voluntariamente, acompañado por el defensor público Julio Espinoza, quien explicó que “pese a no compartir la resolución de la Corte, se respeta el fallo y por eso concurrimos con mi defendido, para demostrar que él cumple las resoluciones judiciales”.

A primera hora, César Bunger, abogado de la Unidad de Corte de la Defensoría Regional Metropolitana Sur, declaró que “en los 150 días de plazo de investigación se allegarán antecedentes para demostrar que los 0,39 ml. de alcohol en la sangre que indicó el alcotest constituirían el delito de manejo bajo la influencia del alcohol y no conducción en estado de ebriedad”.

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