Sala de Prensa

25/03/2024

Columna de opinión:

El deber de una defensa penal con perspectiva de género

El siguiente artículo fue escrito por el Defensor Regional de Atacama, Raúl Palma Olivares.

El Defensor Regional de Atacama, Raúl Palma Olivares.

El Defensor Regional de Atacama, Raúl Palma Olivares.

Por Raúl Palma Olivares,
Defensor Regional de Atacama.

El 2 de noviembre de 2021, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró responsable al estado de El Salvador por la violación de una serie de derechos y garantías protegidas por los estándares del sistema interamericano de derechos humanos respecto de Manuela, una mujer analfabeta y de escasos recursos que fue condenada a una pena de 30 años por el delito de homicidio agravado, por el supuesto aborto que se habría provocado.

Entre las múltiples garantías conculcadas se encuentra el acceso a una defensa penal efectiva, ya que, en este caso, la defensa penal pública dejó en la indefensión a Manuela, no escuchando su versión de los hechos, no aportando pruebas de descargo disponibles y no presentando los recursos pertinentes, entre otras faltas graves.

Finalmente, Manuela murió en la cárcel por una enfermedad que padecía y, lo más probable, siendo inocente y erróneamente condenada, a la luz de los antecedentes que la Corte tuvo a su disposición durante la tramitación del caso en el sistema interamericano.

Este caso, lamentable y doloroso, es una manifestación concreta de la importancia de una defensa penal pública que incorpore la perspectiva de género en el ejercicio de este derecho, por cuanto la ausencia de este enfoque no solo revictimiza a las mujeres imputadas y perpetúa los estereotipos negativos de género, sino que, además, tiene incidencia en la transgresión del principio de inocencia, el acceso a la justicia en forma igualitaria y en el control de la motivación de las sentencias y el derecho a un tribunal imparcial, haciendo uso de los recursos procesales disponibles.

En este mes de marzo, en que conmemoramos el 'Día internacional de la mujer', parece una cuestión incontestable que el sistema de justicia penal debe siempre incorporar la perspectiva de género, para evitar que sesgos y estereotipos de género ingresen en los procesos penales y difuminen la posibilidad de que un tribunal decida un caso de forma imparcial y no perpetúe la discriminación y la violencia estructural en contra de mujeres y población LGBTIQA+, la cual es una obligación convencional para los operadores del sistema.

Esta obligación para defensores y defensoras penales y la convicción y compromiso de la Defensoría Penal Pública en este ámbito nos ha llevado, en el marco de la cooperación entre Defensorías Públicas interamericanas, a venir hasta Brasilia para, justamente, realizar un curso para defensoras y defensores penales de la Defensoría Pública da União, denominado “Litigância Estratégica em Defesa Penal de Gênero”, convencidos de que la capacitación especializada, entre otras acciones, resulta un elemento esencial para el cambio cultural y jurídico indispensable para entender que esto no es un privilegio para mujeres, sino un camino necesario para un sistema de justicia equitativo y no discriminatorio.

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