Sala de Prensa

31/03/2015

Columna de opinión:

Generalizando la excepción…

El siguiente es un articulo escrito por el Defensor Regional del Maule, que fue publicado en Diario El Centro de Talca el martes 31 de marzo de 2015.

José Luis Craig, Defensor Regional del Maule.

José Luis Craig, Defensor Regional del Maule.

Por José Luis Craig Meneses,
Defensor Regional de Maule.

Una peligrosa tendencia legislativa, que responde a lo más criticable del denominado “populismo penal” del que he hablado más de una vez en esta tribuna, se está instalando con consecuencias sospechadas y previsibles en nuestra comunidad jurídico–penal.

Entenderemos “populismo penal” como la estrategia que despliegan los actores políticos y del sistema penal cuando hay problemas de inseguridad ciudadana y que consiste en calmar el clamor popular mediante apelaciones al aumento de las penas, el endurecimiento de los castigos, la disminución de la edad de imputabilidad penal juvenil y una serie de leyes que, posteriormente, a la hora de la aplicación, no tienen un impacto real en la prevención y disminución del delito.

Esta tendencia se hizo patente con la dictación de la denominada “Ley Emilia” y se hizo vendible apelando a una situación excepcional, como era la sensación de la comunidad de que quien, conduciendo bajo los efectos del alcohol, atropellaba o causaba de cualquier modo la muerte de otra persona, no era sancionada “adecuadamente” por la legislación originaria.

Así se limitaron las penas sustitutivas, se aumentó la pena y se utilizó una particular forma de determinar la sanción, apelando a esta “excepcionalidad”. Eso es también relativo y discutible, pues si miramos las estadísticas no es tan excepcional, ya que el delito de manejo en estado de ebriedad se ha erguido en el cuarto lugar durante 2014, con un 10,4 por ciento de los delitos atendidos por la Defensoría.

Pero dejando atrás aquello, esta forma de legislar y de modificar aspectos básicos del derecho penal clásico -en cuanto a modificatorias de responsabilidad, determinación de la pena y beneficios o penas sustitutivas-, también se instaura en la Ley de Control de Armas, a través de la Ley N° 17.798. Aquí no hay justificación de excepcionalidad ni sensación alguna que valga para explicarlo.

Es necesario argumentar, sí, que el control efectuado en Chile a las armas de fuego hace que no tengamos una sobrepresencia de ellas en los hogares, cuestión diametralmente distinta -por ejemplo- a lo que ocurre en Estados Unidos, como ya lo traté en otra columna en este medio.

Lo único cierto es que esta normativa está produciendo efectos indeseables en la toma de decisiones para los operadores del sistema. Se eliminó la posibilidad de aplicar pena de multa cuando el porte o la tenencia sea meramente un hecho sin intención alguna de alterar el orden público, cuestión de común ocurrencia en el Maule, zona rural por excelencia.

Ello hace que se tengan en cada parcela o fundo armas de tiempos inmemoriales, que pasaban de generación en generación aun antes de que fuese obligación registrarlas, y sin que medie dolo o mala intención alguna, aún son portadas por los agricultores sólo como medio de trabajo o herencia familiar.  

Lo único que se ha logrado con esta legislación es que esta gente, trabajadora por excelencia, esté siendo primeriza -sin condenas anteriores- y siendo condenada -a la primera- a pasar tiempo tras las rejas.

Ojalá el intento de este mismo tipo de legislación de aplicar algo similar a los hurtos y robos no prospere, porque al principio hablé de las consecuencias que esto va a tener, y no son más que seguir colapsando las cárceles ya hacinadas de nuestro país, ya que ingresarán sin control personas sin antecedentes anteriores, sin contagio criminógeno.

Choferes, profesionales, agricultores o estudiantes, que ya no merecerán una segunda oportunidad, por culpa de las “sensaciones de inseguridad” que nos dominan. Personas que van a tener que abandonar sus trabajos o estudios, sus familias y lugares de origen para pasar un año, o más, por el primer error que se comete.

Con este tipo de leyes lo único razonable que queda, como política criminal de respuesta al delito, es duplicar o triplicar el número de plazas en las cárceles, porque no daremos abasto. Necesitaríamos al menos un centro penal más por región para cubrir sólo los primeros dos años de “puesta en marcha” de estas leyes. 

Ojalá veamos la luz, que no es la cárcel, y enmendemos el rumbo. En los legisladores está la palabra.

 

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