09/09/2019
Columna de opinión:
Tribunal de Tratamiento de Drogas
El siguiente artículo fue escrito por el Defensor Regional del Maule, José Luis Craig, y publicado por el diario El Centro el martes 27 de agosto 2019.
Por José Luis Craig Meneses,
Defensor Regional del Maule.
Precisamente este mes se cumplen siete años desde el inicio de este moderno tratamiento penal que comenzó, a nivel nacional, en la región de Valparaíso, y se asentó luego en 2012 en el Maule Norte, concretamente en Curicó.
Han pasado siete años ya sin que se haya expandido esta experiencia en el Maule, periodo durante el cual sí se ha extendido a todo Chile, y además, en el ámbito subjetivo, a los menores de edad.
Su enfoque profundamente humano, que busca entregar una respuesta diferente y a la vez terapéutica a un problema penal es loable y, además, en sintonía con la reinserción social que está nuevamente en boga en Chile. Su correcto uso permite un importante ahorro de recursos humanos y materiales si se logra, por él, evitar que un sujeto cometa delitos a repetición por tener a la base una dependencia a una droga lícita o ilícita.
En lo concreto, y con varias limitaciones de fondo y forma que analizaré más adelante, 66 personas maulinas se han visto inmersas en este programa. De éstas, 46 fueron egresadas exitosamente, lo que significa que se sometieron al plan médico-psicosocial que permite alejarse del consumo problemático de drogas y, además, no volvieron meterse en problemas con la justicia durante un lapso que va desde 1 a 3 años.
Mostrar un 70 por ciento de efectividad es un número más que razonable, que justifica su mantención durante estos siete años en la zona, y además creo que amerita su crecimiento en la región, extendiéndose a las demás provincias maulinas.
Ahora bien, y como el afán siempre es mejorar, en términos de fondo, debiese tener reconocimiento legal, al menos en el Código Procesal Penal, a través de una institución menos rígida que la suspensión condicional del procedimiento.
Por otra parte, debiera extenderse su uso a delitos más graves que los que hasta ahora el Ministerio Público ha permitido ingresar. Además, se debiese ser menos estricto en términos de la elección de las personas beneficiadas, permitiendo que ingresen otras con más de un delito vigente o terminado.
Por último, debe hacerse un estudio de impacto que permita ver los resultados objetivos de este programa, más allá delas experiencias individuales de las personas sometidas a su tratamiento, sino que visto como una medida más de una política criminal que apunte a la reinserción y a la prevención de nuevos delitos.
También debiese reevaluarse su extensión a los adolescentes, ya que su ingreso, en gran medida, importa un fracaso de la aplicación de la Ley N° 20.084.
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