Sala de Prensa

25/06/2020

Nueva suspensión de juicio oral por zoom

Segundo Tribunal Oral suspendió juicio oral a distancia por no existir condiciones para su realización

Defensores públicos Belén Iribarren y Víctor Providel valoraron la decisión, ya que un juicio oral no puede realizarse si no existen garantías para un debido proceso.

Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.

El Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago resolvió hoy suspender un juicio agendado para esta mañana a través de la plataforma Zoom, acogiendo así una solicitud de la defensa pública, que tanto en audiencias previas como en la de hoy habían planteado que el juicio no se podía realizar, porque no estaban las condiciones para asegurar las garantías de un procedimiento racional y justo.

En decisión unánime, la sala del tribunal señaló que para el caso concreto “existe incompatibilidad de defensa de los imputados, lo que considerando que ambos comparten el punto de conexión, se dificulta la comunicación privada de cada uno de ellos con su respectivo defensor, lo que de suyo atenta contra el efectivo ejercicio del derecho de defensa, pilar fundamental del debido proceso”.

La resolución agrega "que, por otro lado, es de público conocimiento que la pandemia que actualmente asola no sólo a nuestro país sino también a nuestro continente, impide el normal desplazamiento y la función normal de las instituciones, lo que también conduce a cautelar los derechos de la víctima, que no puede ejercer las facultades que la ley y la Constitución le reconoce”.

A partir de todo ello, los jueces concluyen que “atendido lo anterior, este tribunal se encuentra imposibilitado de llevar a cabo la audiencia”.

La defensora penal pública Belén Iribarren y el defensor local jefe de Santiago, Víctor Providel, se mostraron satisfechos con esta decisión, que permite cautelar en este caso tanto las garantías de los imputados como las de los demás intervinientes".

FALTA DE GARANTÍAS
En reiteradas oportunidades la defensora Iribarren hizo ver al tribunal la inconveniencia de realizar este juicio oral, por no existir condiciones mínimas para su realización. Por de pronto, existía el gran escollo de que la víctima se encontraba en Perú y sin posibilidad de regresar, porque las fronteras se encuentran cerradas. Tampoco fue posible recibir su testimonio ante un cónsul o ministro de fe en el vecino país.

La defensora pública planteó, asimismo, que por tratarse de un juicio controvertido, la fluidez de la comunicación con su representado era imprescindible.

Víctor Providel, en tanto, consideró muy relevante la resolución, ya que la Defensoría sostiene que hay juicios contradictorios y complejos -como éste, del Segundo Tribunal Oral de Santiago- que no pueden realizarse a distancia, porque se vulneran garantías básicas de debido proceso.

Ambos defensores invocaron también argumentos constitucionales y estándares derivados del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), logrando finalmente que el tribunal adoptara la decisión de no realizar el juicio.

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