Sala de Prensa

17/08/2020

Publicada en El Mercurio

Defensor Regional de Valparaíso abordó ejecución de penas en columna

A propósito del debate nacional generado en torno a la materia,.Claudio Pérez García explicó el sistema de libertades condicionales.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional Valparaíso.

En la página 10 de su edición de ayer, el diario El Mercurio publicó la siguiente columna del Defensor Regional Valparaíso, Claudio Pérez García, titulada "Ejecución de penas", en la cual se refiere al sistema de libertades condicionales:

"En medio del debate nacional que se ha generado a partir del deceso de la joven Ámbar que conmocionó al país, una vez más reiteramos, como Defensoría Penal Pública, la necesidad de que nuestro país cuente con un sistema de ejecución de penas. Se necesita un procedimiento de seguimiento eficiente y eficaz del cumplimiento de las condenas que las personas efectúan en las unidades penales, conformado por delegados y jueces de ejecución.

"En este contexto, nos alegra escuchar a la ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, quien manifestó públicamente que “la gran deuda del sistema penal chileno es lo concerniente a la ejecución de  las penas”.

"En 2013, nuestra institución en la región dio un primer paso con la creaciónde una defensa especializada penitenciaria. Lo anterior, con el objeto de aportar al fortalecimiento de políticas públicas que logren definitivamente generar efectivos procesos de reinserción social. 

"Es así como nuestra región cuenta con seis defensores públicos penitenciarios, quienes realizan una serie de actuaciones judiciales y extrajudiciales que se extienden durante el cumplimiento de la condena privativa de libertad hasta su ejecución.

"El camino a seguir es sostener un debate con altura de miras y  cambiar o perfeccionar las instituciones jurídicas que se relacionan con nuestro sistema procesal penal. La Defensoría Penal Pública siempre estará atenta a colaborar y aportar antecedentes y estudios que contribuyan a que nuestro país disponga de mejores herramientas a favor de las personas condenadas y que, a la vez, generen tranquilidad en la sociedad.

"Las libertades condicionales se regulan por el Decreto Ley N° 321 de 1925. La respuesta a la pregunta de por qué el presunto homicida de la joven Ámbar estaba en libertad se encontraba en ese antiguo decreto. Dicho texto legal fue modificado en 2016 y 2019, lo que impide que una persona que cumpla condena por delitos como parricidio, homicidio calificado, violación con homicidio, etc, opte a la libertad condicional sin que al menos cumpla efectivamente dos tercios de su condena y acredite una serie de otros requisitos.

"A la pregunta sobre si se pueden perfeccionar aún más las libertades condicionales, la respuesta es afirmativa. Lo que no debemos hacer es derogar una herramienta que es eficaz para lograr reinserción y evitar la reincidencia y también debemos evitar confrontaciones por casos puntuales (por terribles que éstos sean) entre dos poderes del Estado que son pilares de nuestro sistema democrático, como el Legislativo y el Judicial. Del trabajo colaborativo, podremos obtener una política criminal que contribuya y garantice la paz social".

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