Sala de Prensa

20/10/2020

Ante los cuestionamientos ciudadanos sobre el actuar policial

Sobre derechos humanos en la protesta social conversó el Defensor Regional de Los Ríos en Radio UACH

En el comienzo de un ciclo de conversaciones con la Defensoría en esa radio universitaria de Valdivia, Luis Soto conversó este viernes con el periodista Antonio Martel, a propósito de conmemorarse un año desde el llamado 'estallido social'.

Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.

Sobre derechos humanos en contexto de protesta social, a propósito de cumplirse un año del llamado 'estallido social' del 18 de octubre, conversó este viernes el Defensor Regional de Los Ríos, Luis Soto, con el periodista Antonio Martel en la radio de la Universidad Austral de Chile (UACH).

El directivo fue consultado respecto de qué tan garantizados están los derechos humanos y penales en este contexto, dados los últimos acontecimientos que han puesto en cuestión el actuar de Carabineros -como la imputación a un funcionario de haber lanzado a un joven desde el puente Pio Nono, en Santiago, y los informes internacionales sobre derechos humanos que han criticado la actuación policial. 

Soto enfatizó que en un sistema democrático el derecho a expresarse tiene rango constitucional. “No puede haber una dicotomía entre el derecho a manifestarse versus garantizar el orden público. Ahí entramos en un terreno duro en el último tiempo. Creo que no pueden estar subordinados los derechos fundamentales al orden público, sino que éstos deben garantizarse en el contexto de la manifestación social", explicó.

Según el directivo, en este último año de movilizaciones sociales desafortunadamente ha habido una represión muy fuerte. "Si no es sistemática, al menos ha sido cuantiosa la vulneración de derechos humanos por terceros, de acuerdo con distintos análisis e informes del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)”, afirmó.

El Defensor Regional señaló que, en todo caso, existen iniciativas gubernamentales de modernización de Carabineros, para incorporar la visión de que el respeto a los derechos fundamentales de la ciudadanía debe ser irrestricto, sobre todo de quienes cuentan con el monopolio del uso de la fuerza para resguardar el orden público.

“Si en el marco de una protesta una persona comete un delito, eventualmente será detenida, formalizada y se dirimirá su responsabilidad, pero delitos de menor entidad, independiente de perjuicios como daños a bienes públicos, evidentemente no pueden ser equiparables a la pérdida de la visión, que una persona sea herida por un balín o arriesgar una situación peor, como el caso de Gustavo Gatica o Fabiola Campillay”, sostuvo.

RECUPERAR EL ESPÍRITU DE LA REFORMA
Consultado sobre la visión crítica de la Defensoría Penal Pública ante las sucesivas modificaciones legales que han ido desvirtuando el espíritu fundacional  de la reforma procesal penal iniciada hace 20 años, Soto indicó que estos cambios han puesto el valor de la propiedad por sobre el valor de la vida, en tanto  bienes jurídicos.

“Al revés de lo que uno podría pensar, que la vida es más importante, la pena para un delito como homicidio hoy es más baja que para un delito de robo con violencia o intimidación, cuyas penas se han rigidizado de acuerdo con estas modificaciones”, recalcó.

El abogado aclaró que la reforma procesal se instauró para salvaguardar mejor los derechos de las personas frente a la persecución penal, razón por la que los antiguos juzgados del crimen pasaron a llamarse tribunales de garantía, partiendo de la premisa básica de que el Estado debe acreditar la responsabilidad penal y, mientras eso no ocurra, las personas deben presumirse inocentes.

“Sin embargo las leyes durante estos 20 años de vigencia de la reforma han ido hacia un norte distinto: han rigidizado la interpretación de las normas penales y la aplicación de la sentencia para los jueces, donde se posiciona la propiedad casi como un bien  supremo. Por ejemplo, se le sustrajo a la judicatura la facultad de determinar la pena a partir del juego de atenuantes y agravantes y se creó un marco rígido, salvo en una situación procesal especifica, donde la Fiscalía -no los jueces- puede solicitar la rebaja en un grado de la pena, por la colaboración que haya prestado la persona en la investigación”, precisó.

Soto acotó que esta suerte de populismo penal no es privativo de un sector político. “Ha sido transversal que prácticamente a todas estas leyes les han quitado el espíritu original y como Defensoría decimos que es urgente recuperar los principios que inspiraron la reforma y que el concepto de sistema o juez garantista es un término elogioso. S lo que se quiere es disminuir la delincuencia, no es el camino aumentar las penas o restringir las beneficios intrapenitenciarios. La fórmula para aquello, por lejos, va en sentido contrario”, comentó.

Luis Soto refrendó esto último aseverando que, más allá del aumento de causas por delitos asociados a desórdenes públicos tras el 18 de octubre de 2019 y de la cobertura mediática de casos dolorosos o de gran impacto social, como el de la joven Ámbar Cornejo, lo cierto es que la comisión de delitos en adolescentes y adultos ha ido a la baja en el país en los últimos años y que la institución de la libertad condicional sigue siendo una herramienta efectiva para bajar las tasas de reincidencia y promover la reinserción social.

DERECHOS EN PROTESTA SOCIAL
El Defensor Regional de Los Ríos comentó que el 2019 estuvo marcado por movilizaciones sociales que impactaron en la gestión de la defensa pública, en tanto el ingreso regional de causas entre octubre y noviembre de ese año aumentó un 30 por ciento respecto al mismo período de 2018, mientras que las ilegalidades de detención alegadas por la defensa pública y acogidas por los tribunales aumentaron de 27 a 73 en la zona, “es decir un 170 por ciento más que en 2018, lo que sin duda es muy alto”, señaló. 

El abogado explicitó que los derechos para salvaguardar que un procedimiento sea ajustado a derecho implican que toda persona debe ser tratada como inocente por las policías. “No puede ser objeto de amedrentamiento ni físico ni sicológico y en un máximo de 24 horas debe ser puesta a disposición de un tribunal de garantía”, aseveró.

Finalmente, Luis Soto comentó  que la Defensoría Penal Pública está elaborando un sistema de resguardo para esta etapa inicial, lo que implica visitar las comisarias para dar a conocer los derechos de las personas detenidas en el momento de mayor indefensión, informarles lo que ocurrirá al día siguiente en el control de detención y formalización, así como las etapas y los posibles escenarios jurídicos, de manera de aportar al ejercicio de los derechos ciudadanos en el sistema penal. 

La entrevista completa puede revisarse en el siguiente link de Radio UACH:

https://www.facebook.com/radiouachvaldivia/videos/796651194401776 

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