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03/11/2020

En entrevista con TVN

Defensor Regional de O'Higgins explicó el alcance de los procedimientos monitorios por delitos contra la salud pública

El directivo institucional hizo un llamado a las personas que sean notificadas a comunicarse con la Defensoría al momento de recibir el documento, para que puedan ser orientadas por la defensa pública.

Por Andrea Contreras Márquez,
Defensoría Regional de O'Higgins.

Cuando en la región de O’Higgins todavía hay comunas con movilidad reducida y en el país se mantiene el toque de queda nocturno, la Defensoría Penal Pública impulsa una campaña de información sobre los delitos contra la salud pública cuyo lema es “Tu primera defensa es conocer tus derechos”, que busca hacer un llamado a las personas detenidas o notificadas de procedimiento monitorio por delitos contra la salud pública contenidos en el artículo 318 del Código Penal.

En este contexto, el Defensor Regional, Claudio Aspe, fue entrevistado para el noticiero local de Televisión Nacional -24 Horas Red O’Higgins-, para que explicara a la comunidad qué hacer frente a una infracción por transitar sin permiso durante la cuarentena o el toque de queda.

Aspe señaló que para la Defensoría este delito no se configura por el simple hecho de transitar por la vía pública durante períodos de restricciones.

“Hemos visto con preocupación còmo se ha detenido o notificado de procedimientos monitorios a personas cuyo permiso expiró durante su traslado al hogar, a gente en situación de calle, a trabajadores o incluso a personas de la tercera edad que iban rumbo a sacar su permiso a una comisaría cercana", señaló.

Aspe mencionó también el lamentable hecho ocurrido en Pichilemu, donde una mujer que esperaba denunciar un abuso sexual fue detenida y pasada a control de detención por el artículo 318, y sostuvo que para la Defensoría el delito se configura cuando hay real afectación a la salud pública, es decir cuando alguien anda por la calle a sabiendas de su contagio positivo de Covid-19 o cuando se organizan fiestas o eventos masivos.

Sin embargo, no todos los intervinientes del sistema penal concuerdan con esta visión y es así como en la región de O’Higgins ya son màs de 7 mil las personas detenidas por infracciones contra la salud pública, muchas de las cuales pasaron a control de detención y ya tienen contacto con un defensor pùblico para que guíe su proceso.

Desafortunadamente, existe un número desconocido de personas que recibirán en sus domicilios una notificación sin saber que tienen derecho a reclamar o sustituir la pena que se les aplique.

PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES
Si usted infringe las normas sanitarias vigentes, la Fiscalía iniciará un procedimiento en su contra, el que tendrá como objetivo determinar su responsabilidad en los hechos. Este procedimiento puede ser simplificado o monitorio.

En el primer caso, se aplica a aquellas causas cuyas sentencias no excedan los 540 días de privación de libertad, o a aquellas que pueden recibir sanción de multa. Es decir, está pensado para aquellas causas que arriesgan presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) o para las faltas penales que establecen el Código Penal y otras leyes especiales que contemplan sanciones de prisión o multa.

La otra posibilidad es el procedimiento monitorio, que es un juicio sencillo y rápido, que se aplica para la tramitación de faltas (no delitos) cuya sanción por lo general considera una multa en dinero.

Si la persona afectada no está de acuerdo con lo determinado por el juez, cuenta con 15 días desde que es notificado para presentar un reclamo ante el tribunal. Éste puede ser realizado a través de un documento simple, como por ejemplo un correo electrónico.

Según señaló el Defensor Regional, considerando que la multa es de 6 UTM, "estamos hablando de más de 300 mil pesos que, por cierto, afectan el bolsillo de cualquiera. Por lo mismo, la invitación es a comunicarse con la Defensoría Regional y recibir la asesoría correspondiente para cada caso", concluyó.

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