Sala de Prensa

01/01/2007

Penas justas para hecho probados

Columna del Defensor Regional de Coquimbo, Jaime Camus, publicada en el diario El Día el sábado 06 de enero.

Muy habitualmente escuchamos las voces de diversos sectores de la comunidad, disconformes con las penas que aplican los jueces a quienes han cometido un delito.

Debido a la propia naturaleza humana, normalmente no existe concordancia respecto a cual es la pena justa en relación a un hecho delictual. Por lo mismo, debemos sumirnos a lo que los legisladores han entendido que es la pena aplicable a los hechos en cuestión, de manera que los jueces sólo pueden aplicar la sanción establecida en la ley.

Corresponde entonces a la ley establecer el rango de pena ha aplicar a un acusado. Para ello, debe tenerse en consideración que el juez no puede sancionar a una persona por la sola existencia de una denuncia, sino que necesariamente debe probarse la existencia del hecho, su intervención en los mismos, y el grado de participación  que pudo haber tenido en ellos el sujeto, sea como autor, cómplice o encubridor.

Estando esto probado, hay que determinar las circunstancias en que se produjeron los hechos y los motivos por los cuáles actuó el imputado, cuestión que lleva a ponderar las circunstancias que agravan o atenúan esa participación e incluso aquellas que lo pueden eximir de responsabilidad. Todo lo anterior, se efectúa en un juicio oral y público donde el Ministerio Público debe probar todas y cada una de las acusaciones, mientras que la defensa se encargará de desvirtuar y, a su vez, probar los hechos que sustenta.

En esta trama el o los jueces dilucidarán cual es la pena más justa aplicable dentro de los parámetros establecidos en la ley, valorando las pruebas que se rindieron, que evidencien la existencia real de los hechos y sus circunstancias.

Así entonces, la pena es más objetiva y no depende de la sola intuición o aspiración subjetiva de las personas que opinan, de lo contrario, nos encontraremos actuando por percepciones o prejuicios que normalmente conllevan ha desenlaces injustos, frente situaciones que quizá no ocurrieron de la manera que se pensó.

No hay que olvidar, que a través del tiempo han existido denuncias de hechos que en la realidad nunca acontecieron o lo fueron totalmente distintos, muchos de ellos dados a conocer por los mismos medios de prensa.

Así, la aplicación de la sanción penal a delitos reales se efectúa con parámetros objetivos y frente a hechos probados, lo que permite una mayor cercanía y credibilidad en la justicia.

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