Sala de Prensa

24/11/2022

Fue imputada por parricidio

Corte de Apelaciones de Rancagua anuló juicio que condenó a 15 años a ciudadana haitiana

El tribunal acogió alegato de la defensa pública respecto de que la prueba presentada no permitía dar certeza de la participación de la imputada en la muerte de su marido.

Por Andrea Contreras Márquez,
Defensoría Regioanal de O'Higgins.

El 22 de marzo de 2021, en la comuna de Coltauco, la ciudadana haitiana Medjine Demostenese fue detenida por su supuesta responsabilidad en la muerte de su marido, a raíz de heridas provocadas con un arma blanca. La pareja vivía junto a su hijito en una comunidad de migrantes en que muy pocas personas hablan español, por lo que todos los relatos sobre los hechos recogidos por los policías se basaron en lo que algunos vecinos, también haitianos, declararon en ese momento.

Medjine es representada por el abogado Gonzalo Silva, defensor público de Rengo, quien durante todo el proceso ha denunciado que el Ministerio Público carece de pruebas, pese a lo cual su representada ha permanecido privada de libertad durante más de un año.

Sin embargo, su postura no había sido considerada hasta ahora, luego de que el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua condenara a la mujer a 15 años y un día por el delito de parricidio, resolución que fue anulada por la Corte de Apelaciones de Rancagua.

RECURSO DE NULIDAD
En el recurso de nulidad -presentado por Gonzalo Silva y alegado por su colega Cristian Miranda- se explicó que "no ha existido en la causa prueba de calidad que de certeza irrefutable de la supuesta participación de la sentenciada" y que, además, en el levantamiento de evidencia no se contó con un traductor ajeno al hecho punible, que garantizara la imparcialidad de los testimoinos entregados por otros haititanos de la misma comunidad 

El fallo de la Corte consignó, además, que no se realizaron peritajes para aclarar la procedencia de las manchas de sangre que se encontraron en la habitación de la pareja, en las vestiduras de la imputada y en las de otras personas.

Por otro lado, la defensa público señaló que al juicio oral no llegó ninguno de los ciudadanos haitianos que estuvo presente en el momento de la comisión del delito y que la prueba de cargo se basó en la declaración de los policías que llegaron al lugar y que daban cuenta, a su vez, del relato de terceros.

Considerando todos estos elementos, la segunda sala de la Corte rancagüina dejó sin efecto el juicio, la condena y la sentencia del caso, ordenando la realización de un nuevo juicio oral contra la imputada.

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