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06/12/2022
Columna de opinión:
Tomarse en serio los derechos de los más discriminados
El siguiente artículo, redactado por el Defensor Regional de Atacama, Raúl Palma Olivares, fue publicado en el diario Atacama.
Por Raúl Palma O.,
Defensor Regional de Atacama.
La cárcel es una contradicción en sí misma, porque no está diseñada para cumplir los objetivos declarados y más bien su finalidad es controlar la excedencia de los regímenes económicos imperantes, además de una medida de control de la población que, de manera ostensible, reproduce la discriminación y la violencia que sufren determinados grupos. Sobre esto se ha escrito mucho, pero existe poca acción para corregir la existencia de una institución fallida.
No puedo terminar el año sin mencionar una acción decidida del sistema interamericano de derechos humanos (SIDH) por regular la imposición de penas ilícitas, como las señala Zaffaroni. Me refiero a la 'Opinión consultiva sobre enfoques diferenciados en materia de personas privadas de la libertad', emitida por la Corte Interamericana (Corte IDH) el 30 de mayo de 2022.
Esta opinión consultiva viene a dar respuesta a una solicitud de la Comisión Interamericana para que realice una interpretación conjunta sobre las normas interamericanas relacionadas con las obligaciones diferenciadas que el principio de igualdad y no discriminación impone a los Estados y sobre la base de un aciago diagnóstico acerca de la situación de privación de libertad en las Américas.
En este breve espacio quisiera mencionar algunos aciertos de este pronunciamiento vinculante para los Estados. En primer lugar, reconoce el hacinamiento y las condiciones deficientes de las cárceles de las Américas refiere los problemas del discurso punitivista regional, la utilización de la prisión preventiva de forma abusiva y apuesta por medidas alternativas a la prisión.
Luego aborda la necesidad de un enfoque diferenciado e interseccional para grupos en mayor riesgo de vulneración de sus derechos, como el colectivo LGBTIQA+, las mujeres embarazadas, las personas mayores, los pueblos indígenas y los niños y niñas que viven en prisión con sus madres, enfatizando el acceso a la salud, el registro y la prevención de la violencia y la integración cultural, incorporando la evolución de categorías de género, accesibilidad y movilidad, entre otros.
La Corte es clara en señalar que la cárcel exacerba la violencia contra grupos en situación de vulneración y llama a tomar medidas urgentes. Por eso en nuestro país, con un sistema penitenciario en crisis permanente, este pronunciamiento sobre instrumentos internacionales para la protección de los derechos humanos es tan necesario y nos conmina a tomarnos en serio los derechos de las personas más discriminadas.
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