Sala de Prensa

03/05/2023

Defensa con perspectiva de género

Tribunal acreditó legítima defensa en favor de mujer acusada de lesiones graves contra su ex conviviente

La defensa pública de Los Lagos logró demostrar que la mujer actuó en legítima defensa, en un contexto de agresiones previas y amenazas de su ex pareja, quien tenía antecedentes de violencia intrafamiliar y consumo problemático de drogas.

Por Jorge Mansilla Macías,
Defensoría Regional de Los Lagos.

Una mujer de 26 años fue absuelta tras haber sido acusada de provocar lesiones graves contra su ex pareja, en un caso en el que el Ministerio Público había solicitado una pena de 3 años por cometer ese delito en contexto de violencia intrafamiliar.

La acusada había sido imputada por la Fiscalía tras agredir con un cuchillo en el pecho a su ex conviviente, ante un intento de ataque de este último. El defensor penal público Eduardo Anasco argumentó que la lesión se produjo en un forcejeo, mientras el hombre intentaba ingresar -por la fuerza y en estado de ebriedad- a la vivienda donde ella se encontraba con su madre y su hijo.

Durante el juicio oral, la mujer renunció a su derecho a guardar silencio y relató al Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt las brutales agresiones y amenazas que había sufrido de su ex pareja, quien tenía dos condenas en su contra por episodios de violencia anteriores contra ella. 

“El tribunal acogió nuestra tesis de que se trató de una actuación por legítima defensa, en un contexto de agresiones previas al que se suma el estado emocional de nuestra representada, que se sentía amenazada. Los jueces reconocieron, asimismo, que cuando ocurrieron los hechos, el hombre estaba incumpliendo la prohibición de acercarse a quien fue su pareja”, explicó Anasco.

LA SENTENCIA
El fallo absolutorio reconoció normas internacionales, según las cuales los hechos de violencia contra las mujeres son una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales respecto de los hombres, que se plasman en distintas prácticas culturales.

En su sentencia, el tribunal oral sostuvo que "el historial de violencia ejercida en su contra debe servir de base para la comprensión del fenómeno de violencia contra la mujer y las exigencias de la causal de justificación que permiten dar cuenta de una agresión ilegítima e, igualmente, que la reacción defensiva fue necesaria y racional respecto del medio empleado para impedir o repeler el ataque sufrido por esta mujer".

La víctima tenía antecedentes de consumo problemático de pasta base y varias denuncias previas por violencia intrafamiliar, lo que influyó en el que el tribunal reconociera, por unanimidad, que se cumplían los requisitos para la legítima defensa y fundamentara esta absolución en las normas que protegen a las mujeres contra la violencia de género.

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