Sala de Prensa

20/06/2023

Para la libertad condicional de dos personas

Corte Suprema acogió amparos de defensora penitenciaria

Pese a la negativa de la comisión y de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, Francheska Araya logró hacer valer el derecho de sus representados, que cumplen con todos los requisitos exigidos por ley.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

La labor de la defensa penitenciaria de Antofagasta no se agota con la atención de requerimientos específicos y con participar en la Comisión de Libertad Condicional, que opera dos veces al año para el análisis de las postulaciones de quienes esperan recobrar su libertad previo cumplimento de una serie de requisitos que impone el Decreto Ley N° 321, tales como el período mínimo de condena, conducta intachable y contar con un informe psicosocial positivo de Gendarmería de Chile.

Este año, el porcentaje de aprobación por la Comisión estuvo muy por debajo de años anteriores, por lo cual los defensores penitenciarios de la región iniciaron acciones recursivas para que se volvieran a revisar los antecedentes de los postulantes que cumplen con los requisitos y que fueron rechazados. En este quehacer, se llega hasta la Corte Suprema si es necesario.

Este proceso puede tardar varios meses y, en muchas ocasiones, la recursividad del primer período se extiende incluso hasta el segundo período, respecto del cual también suelen ser necesarios nuevos recursos, todo lo que conlleva que los defensores penitenciarios suelen completar el año con la revisión de casos de los dos períodos.

DOS CASOS EXITOSOS
Los resultados son diversos y en esta ocasión la defensora penitenciaria Francheska Araya Carvajal logró acreditar en la Corte Suprema que sus dos representados cumplían los requisitos y que el informe de Gendarmería, elaborado con la normativa legal aplicable, no refiere antecedentes categóricos que permitan orientar sobre factores de riesgo de reincidencia de los amparados, por lo que es posible reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad sin mayores inconvenientes.

Asimismo, el máximo tribunal del país consideró que los representados por Araya cumplen con todos los requisitos que establece el decreto ley y lo dispuesto por la Constitución Política de la República, por lo que ordenó la revocación de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y, en su lugar, dispuso la libertad inmediata de los dos amparados, quienes recibieron con gran alegría el fallo, que les permite reunirse con sus familias e iniciar su proceso de reinserción.

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