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18/08/2023
También revisaron los principales aspectos y el espíritu de la ley penal juvenil
Los Ríos: jefe de Estudios dialogó sobre derechos y justicia juvenil con estudiantes de internado municipal en Río Bueno
Además de explicar la labor de la Defensoría Penal Pública, Juan Pablo Alday conversó con las y los alumnos de Internado "Vicente Perez Rosales" sobre las etapas del proceso penal y las instituciones que intervienen en él.
Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.
El jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Los Ríos, Juan Pablo Alday, dialogó con estudiantes y con el equipo paradocente del Internado "Vicente Pérez Rosales" de Río Bueno, a quienes explicó -desde una perspectiva cívica- los principales aspectos de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), las etapas del proceso penal y las instituciones que intervienen en él intervinientes en el sistema penal.
Al inicio de su exposición, el abogado sostuvo que la Ley N° 20.084 persigue penalmente a adolescentes mayores de 14 y menores de 18 años imputados de cometer un delito, además de tratarse de una justicia especializada para ese grupo de población y contener un nuevo sistema de sanciones.
Para explicar de manera más ilustrativa lo alcances de esta normativa, Alday realizó el ejercicio de situarse él como un adolescente llamado Juan Pablo, quien agrede a un compañero. A partir de esa situación, el expositor dio cuenta de distintos escenarios procesales y posibles términos de la causa en tribunales, luego de una formalización por lesiones menos graves.
“Lo primero es que tengo más de 14 años, por tanto soy imputable, tengo derecho a defensa especializada de adolescentes y mi causa será tramitada bajo la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Lo segundo es que se puede llegar a un acuerdo reparatorio, si no tengo una causa anterior, y si las tengo, se determinará una sanción, la que sobre todo busca que yo no vuelva a cometer un delito”, explicó.
NORMAS PROCESALES
En lo procesal, el abogado indicó que la detención de un adolescente se debe controlar ante un tribunal de garantía en un plazo no superior a 24 horas y, si se amplía el plazo de detención, debe permanecer exclusivamente en centros de internación provisoria del Servicio Nacional de Menores (Sename) y siempre segregado respecto de personas adultas detenidas.
El directivo informó, además, que las penas de internación en régimen cerrado y semicerrado no pueden exceder los cinco años, si el adolescente infractor tiene menos de 16 años, o de diez años si es mayor.
“Más que el castigo en sí mismo, lo que le importa al Estado es que ese adolescente no vuelva a cometer un delito. Es decir, se busca una adecuada intervención para que no reincida. Todo eso, apelando a que hay mayores posibilidades de reinserción social temprana, atendiendo la etapa en la que están ustedes; modelando su personalidad y carácter”, señaló.
La actividad se organizó tras una coordinación previa con el programa 'Senda Previene' de la Municipalidad de Río Bueno.
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