Sala de Prensa

03/04/2009

Reconocimiento de derecho a la privacidad de Pilar Pérez fue algo importante para todos los ciudadanos

Defensor Mario Palma resaltó que en la audiencia de cautela de garantía se jugaron principios esenciales del debido proceso.

Ya superado el  drama del intento de suicidio que María del Pilar Pérez protagonizó la madrugada del sábado 28 de marzo, la que probablemente es la imputada más famosa de Chile vivió la incertidumbre de saber el destino de las cartas privadas que dejó a su defensor Mario Palma y a la hermana Nelly, la persona que en la cárcel la acoge espiritualmente.

Mario Palma, que sólo dos días antes asumió su defensa como defensor  penal público tras la renuncia de los tres abogados particulares que la representaron durante 5 meses, consideró de la máxima gravedad que Gendarmería se haya apoderada de esas cartas y las haya remitido a la fiscalía oriente. Por esta razón, presentó una cautela de garantía ante el Octavo Juzgado de Garantía, para la que se convocó a audiencia el día siguiente. El defensor se manifestó sorprendido de que los fiscales no se hayan allanado a una garantía tan básica como el derecho a la privacidad, sino que lucharon por quedarse con la carta de la hermana Nelly. Los abogados querellantes siguieron la misma línea. 

El fiscal Carlos Gajardo, acompañado de su colega Vinko Fodich, planteó que si bien la carta dirigida al defensor Mario Palma estaba amparada por el secreto profesional, la otra carta no podía tomarse como la dirigida a un confesor, porque la hermana Nelly no era sacerdote. El abogado querellante Francisco Cox planteó que por la naturaleza del acto de suicidio que Pilar Pérez iba a cometer, era natural que la expectativa de privacidad que ella tenía respecto de sus cartas, era muy baja ya que era previsible que en su situación de reclusa ellas serían encontradas y leídas por terceros.

El defensor Mario Palma replicó que toda persona tiene derecho a la privacidad, incluyendo una imputada como Pilar Pérez. Palma argumentó que “se le ha privado de libertad, se le quitado o bloqueado todos sus recursos, ha sido abandonada por sus familiares, no tiene ningún apoyo, ya no tiene a los abogados que la defendieron durante 5 meses… En entonces ahora… ¿quitémosle la privacidad también?  Agregó que pretender que porque una persona por estar presa no tiene derecho a privacidad alguna está fuera de lugar porque pregunta “¿no hay acaso venusterios en las cárceles? Si no hay derecho a la privacidad entonces graben las relaciones sexuales de las parejas”. Agregó que hay muchos jueces que han sancionado acciones de Gendarmería cuando han violado los derechos de los internos. Palma afirmó que la intención de la fiscalía, que  tiene todo para investigar el caso y obtener pruebas legalmente –dijo-, pretende usar la carta de la hermana Nelly como prueba en contra de su defendida, violentando el derecho de la imputada a guardar silencio. Concluyó que porque una persona esté presa, ello no significa que pierda todos sus derechos. Tras decretar un receso de media hora el magistrado Daniel Aravena resolvió acoger la solicitud de la defensa para que se le restituyan las cartas ya que si bien en un suicidio es esperable que éstas sean vistas por terceros, en ese caso el deceso no ocurrió por lo que el derecho a la privacidad de Pilar Pérez se mantiene plenamente vigente.  

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