Sala de Prensa

27/02/2024

El joven estuvo más de un año privado de libertad

Adolescente fue el único absuelto tras extenso juicio oral

Casi tres meses duró el proceso, que permitió al defensor público Álvaro Gazón Gajardo acreditar la inocencia de su representado en una causa por homicidio calificado.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

Uno de los juicios orales más extensos y complejos realizados en la zona se desarrolló durante noviembre, diciembre y enero pasados en Calama, para definir la suerte judicial de seis imputados acusados de dos delitos de homicidio, calificado y simple, en grados de desarrollo consumado y frustrado, respectivamente, ocurridos en julio de 2022.

Luego de 28 audiencias, en que declararon 49 testigos y nueve peritos, y en que tanto las defensas como el Ministerio Público presentaron más de 60 medios de prueba, el defensor público Álvaro Gazón Gajardo logró la absolución del imputado Y.A.Y.C., quien debió permanecer 13 meses bajo la medida cautelar de internación provisoria, que cumplió lejos de su familia, en el único centro de privación de libertad para adolescentes de la región, ubicado en Antofagasta.

Según explicó el defensor público, fue gracias a una serie de diligencias vinculadas a la georreferenciación del teléfono celular de su defendido, y al hecho de no haber sido situado en el lugar de los hechos por ninguno de los coimputados, que se logró establecer que no había pruebas suficientes de su participación y que la imputación en su contra sólo se sostuvo en la declaración de una de las víctimas quien, a su vez, forma parte de una banda que hostigaba a su representado, todo lo cual consta en videos y en medidas de protección que el Tribunal de Familia de Calama decretó con anterioridad a los hechos investigados en esta causa.

ATAQUE A DOS JÓVENES
Éstos se remontan a julio de 2022, cuando un grupo de adolescentes que pertenecían a una banda atacaron a dos jóvenes en una plaza de Calama, contexto en que uno de ellos resultó fallecido y el otro sufrió lesiones que le mantuvieron en riesgo vital durante nueve días.

Según los antecedentes ventilados en el juicio oral, se trató de un “ajuste de cuentas” entre bandas rivales, tras lo cual cinco de los seis imputados declararon sobre su participación y la de los demás coimputados. Sin embargo, el sexto imputado, de iniciales Y.A.Y.C., sostuvo su inocencia desde el inicio de la causa en su contra.

Álvaro Gazón explicó que, para acreditar la tesis de inocencia de su representado, se valió de diversos medios de prueba y del testimonio de la madre, quien declaró que al momento de los hechos su hijo estaba con ella en su domicilio, distante varios kilómetros del lugar en que ocurrieron los delitos.

Este antecedente pudo demostrarse mediante una pericia de georreferenciación del teléfono celular de los imputados, que permitió establecer las latitudes y longitudes de dos situaciones: por un lado, la ocurrencia de los hechos investigados y, por otro, la ubicación del imputado Y.A.I.C. en el mismo momento. 

“La imputación de mi representado en esta causa obedece sólo a un relato interesado de la víctima que sobrevivió y que responde a este fenómeno de bandas, asunto que fue importante tomar en consideración durante el juicio, ya que antes de estos hechos mi representado era perseguido en su colegio por el grupo al que pertenecían las víctimas. Incluso existían medidas de protección dictaminadas por el tribunal de familia, que autorizó a mi defendido para salir por un lugar distinto al que normalmente salen los jóvenes, ya que habitualmente lo seguían a todas partes e, incluso, lo golpeaban”, declaró el defensor público en el juicio oral.

FALLO ABSOLUTORIO
Con estos antecedentes y todo lo expuesto en las audiencias, el Tribunal Oral en lo Penal de Calama resolvió que, si bien la dinámica de los hechos resultaba clara respecto de la participación de cinco de los imputados, no fue posible establecer lo mismo en el caso de Y.A.Y.C., pese a que una de las víctimas lo involucró en la materialización del ilícito.

En este sentido, en su fallo absolutorio los jueces orales establecieron que no se pudo pasar por alto los problemas pretéritos entre imputado y víctima, todo lo cual se acreditó con diversos antecedentes educacionales, videos y las medidas adoptadas previamente por el tribunal de familia para la protección de Y.A.Y.C., lo que podría explicar el origen de la imputación que después recayó sobre él.

Este antecedente, sumado al peritaje incorporado por la defensa pública, a cargo del ingeniero civil industrial Hugo Contreras, que ubicó al joven en su domicilio al momento de los hechos, y las  declaraciones de los coimputados y testigos, quienes no lo ubicaron en el sitio del suceso y lo exculparon, fundaron el veredicto absolutorio que permitió al adolescente, tras once meses de privación de libertad, volver a su hogar en Calama.

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