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17/05/2024
Tribunal de alzada de Arica ordenó realizar nuevo juicio oral
Defensor público logró revocar fallo condenatorio en caso de tráfico de drogas
En un fallo unánime, la primera sala de la Corte de Apelaciones de Arica anuló la sentencia condenatoria contra Pablo Emiliano Hidalgo Mollo, acusado por el Ministerio Público como autor del delito de tráfico de drogas. Este resultado fue posible gracias a la labor del defensor penal público Gustavo Riveros Villanueva, quien presentó un recurso de nulidad que fue acogido por el tribunal.
Por Yerko Oyanadel Calderón,
periodista Defensoría Regional de Arica y Parinacota.
Por unanimidad, los jueces de la primera sala de la Corte de Apelaciones de Arica anularon la sentencia condenatoria contra Pablo Emiliano Hidalgo Mollo, acusado por el Ministerio Público como autor del delito de tráfico de drogas, luego de que el defensor penal público Gustavo Riveros Villanueva presentara un recurso de nulidad que fue acogido por el tribunal.
La resolución, correspondiente a la causa rol 190-2024, fue dictada por los ministros Pablo Zavala Fernández, Marco Antonio Flores Leyton y Claudia Arenas González. El tribunal constató que la sentencia original se basó únicamente en la declaración de la coimputada Katherin Lissed Postigo Parra, la cual presentaba contradicciones y falta de coherencia.
El fallo subrayÓ que “se advierte una infracción al subprincipio de corroboración, en orden a la acreditación de la participación de dicho acusado”. La coimputada, aunque estaba registrada para visitar al interno Hidalgo Mollo, no aportó pruebas adicionales que respaldaran sus acusaciones. Además, las contradicciones en su relato y la falta de coherencia minaron la credibilidad de su testimonio.
OTRAS EXPLICACIONES
La Corte de Apelaciones observó que los jueces de mayoría que suscribieron la sentencia condenatoria no lograron descartar otras posibles explicaciones sobre la destinataria de la droga, dado que la coimputada tenía contacto con otros internos, uno de los cuales incluso mantenía una relación amorosa con ella. Este aspecto crucial fue ignorado en la sentencia original.
Así, el tribunal concluyó que “mediante una simple lectura de los argumentos del recurrente y de la sentencia de condena, se advierte que los jueces sentenciadores debieron dudar de la participación del enjuiciado Hidalgo Mollo”. La apreciación incorrecta de la prueba y la vulneración de las reglas de la lógica llevaron a la Corte a anular la sentencia y el juicio oral.
En consecuencia, los magistrados ordenaron la realización de un nuevo juicio oral por un tribunal no inhabilitado, garantizando así una revisión justa y equitativa del caso de Hidalgo Mollo.
El defensor penal público Gustavo Riveros Villanueva destacó la importancia de este fallo para la protección de los derechos procesales y subrayó el compromiso de la defensa pública por asegurar que todas y todos los ciudadanos reciban un juicio justo.
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