27/04/2010
Ingeniería, respeto y justicia
La siguiente columna de opinión, escrita por Fabiola Ramírez, defensora penal pública de San Fernando, fue publicada por el diario El Rancagüino.
Una de las herramientas más comúnmente utilizadas en el sector privado, sobretodo en compraventa y servicios, son las denominadas metas de gestión, es decir, establecer cifras que se deben alcanzar para -como contraprestación- obtener algún beneficio, que generalmente es de orden económico. Es una herramienta de “motivación y reconocimiento” para que vendedores y prestadores de esos servicios redoblen sus esfuerzos, y con ello pueda ganar tanto la empresa para la cual se trabaja como la persona que ha logrado dicha tarea.
La pregunta que cabe tener presente es ¿puede funcionar esa lógica de meta de gestión en todo orden de cosas? La respuesta inicial, a mi entender, es positiva. Efectivamente, podemos aplicar metas de gestión en cualquier labor. Pero con lo que se debe tener mucho recelo es con aquello que se considera para establecer la meta.
Así, por ejemplo, respecto de la actividad de un médico se podría fijar un estándar a partir de la cantidad de aciertos que posee respecto de sus pacientes, lo que aparece, en principio, como bastante razonable. Pero, por otra parte, podríamos generar una meta que se configure por el número de pacientes atendidos en un tiempo dado, lo que de suyo ya no es tan aceptable, si de lo que estamos hablando es de la salud de las personas.
Ocurre que las metas de gestión son una tónica generalizada, una herramienta de casi perogrullo en la administración de cualquier entidad. La debilidad de esta figura de las metas de gestión radica en la necesidad intrínseca de medir. Es decir, la necesidad de cuantificación y de instrumentos que permitan reflejar dichos parámetros. Así, algo que nos parece tan razonable como premiar el número de aciertos de un médico se enfrenta a la pregunta ¿cómo medimos eso? ¿Cómo sabremos cuándo el médico acertó?
Lamentablemente, es de una complejidad no menor establecer un instrumento que cumpla dicho rol. El problema que se origina con esa imposibilidad inicial de medir ese parámetro no es la renuncia a la meta de gestión, sino su modificación por un parámetro que sea de fácil contabilidad. Aquí comienzan las aberraciones, porque se empieza a dar preponderancia a criterios completamente distantes de la tarea de fondo, que atentan incluso contra la función propia que se realiza.
Me explico, si al médico se le señala que tiene cinco minutos para revisar a cada paciente, eventualmente puede darse el caso, o varios casos, en los cuales ese tiempo sea insuficiente. Pero para el sistema, ese médico será de gran valor, porque atendió a un número X de pacientes, y he aquí lo aberrante: sin considerar los resultados de esas atenciones.
El ámbito de la persecución penal no es la excepción. Instituciones como el Ministerio Público o el Poder Judicial no son ajenas a las metas de gestión. Así, por ejemplo, el Poder Judicial tiene, entre otras, la meta de llevar a cabo las audiencias dentro de los plazos legales. Lo que uno podría decir, se condice con la función a la que están llamados a desempeñar. Pero, ¿qué ocurre con el Ministerio Público?
Lamentablemente se han originado metas, a mi entender, que atentan contra la función que cumplen en la sociedad. Pienso en el caso particular de una meta que considera el número de causa terminadas en audiencia destinadas a controlar las detenciones realizadas. Es decir, poner fin a la causa iniciada en la primera audiencia.
El problema que se origina es la desproporción que se da entre el ilícito cometido y el proceso que vive la persona hasta llegar a la audiencia de control de la detención. Una persona puede pasar detenida toda una noche y hasta el medio día siguiente por el hurto de un paté, careciendo de antecedentes penales anteriores.
A los ingenieros y administradores, ya sea del Ministerio Publico, de la Dirección de Presupuestos de Hacienda o del propio Ministerio de Justicia se les debe exigir respeto por la dignidad de los ciudadanos y para ello se les invita a generar instrumentos que midan calidad, aunque sea un análisis aleatorio, pero que no midan cuestiones que propendan a las arbitrariedades.
El Presidente Sebastián Piñera ha reprochado a un juez por negar dos veces una orden de detención y ha dejado entrever la posibilidad de modificar la legislación ¿Qué ocurriría si se da al Ministerio Público la posibilidad de despachar órdenes de detención sin autorización del juez, existiendo metas de gestión tan brillantes como la expuesta? ¿Metas de gestión por cantidad de órdenes despachadas? Exijo respeto para la función de mis colegas fiscales, jueces y en fin, para aquellos, que para bien o para mal, administramos un sistema que llamamos de justicia.
Por Fabiola Ramírez Alcaíno, Defensora Penal Pública, San Fernando.
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