Sala de Prensa

08/07/2010

Reconocimiento errado

La siguiente columna fue escrita por Roberto Vega Taucare, defensor local de Antofagasta y publicad en el diario El Mercurio de esa ciudad.

Hace días y mediante la cobertura mediática, el país observó cómo la vida de una persona era arruinada, toda vez que se había dirigido una investigación en su contra y solicitado su encierro en prisión preventiva, por ser sindicado como el denominado psicópata de la bicicleta, autor de innumerables violaciones en una comuna metropolitana. 

Así, los medios, sedientos de lograr revertir el sufrimiento de las víctimas, expusieron la captura y juzgamiento de aquella monstruosidad,  que no merecía siquiera vivir, según algunos. De igual forma, observamos a connotados panelistas de programas misceláneos del canal de todos los chilenos, cómo reclamaban o se interrogaban -sumidos en su ombligesta ignorancia televisiva-, en torno a porqué se había dado la libertad al  imputado, porqué no lo dejaban unos días adentro hasta que comprobara su inocencia…  y remataban diciendo: ‘total, el que nada hace, nada teme’.

Es este tipo de información con la que la  mayoría de los chilenos internaliza la operatividad del sistema  penal, junto a flashes y declaraciones cruzadas. Bajo ese escenario, difícil es hacer comprender que ante imputaciones de tal envergadura, se requieran antecedentes que estén a la altura de tales imputaciones, sobre todo en casos donde ha existido contacto corporal o de fluidos entre víctima e imputado, siendo la prueba biológica la que se impone, en estos caso.

Los reconocimientos se tornan, en estos casos, como la herramienta más feble para poder generar convicción en los sentenciadores. Tales mecanismos probatorios no están regulados en el nuevo proceso penal, y sí –paradójicamente- en el antiguo sistema (rueda de reconocimiento de presos). No obstante ello, el órgano persecutor, ante la falencia legislativa, puede suplirla, cuestión que a juicio del suscrito no ha realizado, incumpliendo de esta forma su mandato constitucional de objetividad, según lo dispone su Ley Orgánica Constitucional.

Pues así como estandarizan -mediante instructivos- qué caso va o no a una salida alternativa, o cuánto grado de alcohol se requiere en la sangre para optar a una suspensión del procedimiento, o cuánto tiempo se suspende la licencia de conducir, fácilmente bastaría una unificación de criterios, ya sea a nivel nacional o regional, en torno al lugar donde se efectúa el reconocimiento, qué personas son llevadas a las ruedas, su edad, sus característica físicas y de vestimenta, qué funcionario policial será el que  interactúe con la víctima (uno distinto del que detuvo al imputado), etc.. 

Ello evitaría situaciones como la  vivida por el “psicópata de la bicicleta”, evitándose absurdos comentarios televisivos como los realizados por un conductor en el matinal de todos los chilenos…

Por Roberto Vega Taucare, defensor local de Antofagasta.

  • subir
  • imprimir
  • volver