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08/05/2007

Departamento de Estudios presenta resultados: Estudio sobre Violencia Intrafamiliar y Justicia Restaurativa y Mediación Penal

El primer estudio fue encargado a la UDP y el segundo fue realizado por la abogada Isabel González.

Con la presencia del Defensor Nacional, de los funcionarios del Departamento de Estudios y de las Defensorías Regionales, el pasado 25 de abril se desarrolló una jornada de reflexión y análisis sobre dos materias que forman parte del debate y diseño de políticas públicas, y que en consecuencia requieren de la definición de lineamientos institucionales en el ámbito de nuestra competencia específica: Violencia Intrafamiliar y Justicia Restaurativa y Mediación Penal.

Aplicación Ley 20.066

Durante la primera etapa de la Jornada se dieron a conocer los resultados de un estudio sobre Violencia Intrafamiliar solicitado por la Defensoría Penal Pública y realizado por la Universidad Diego Portales, cuyo principal objetivo era conocer los criterios de actuación de los distintos operadores del sistema en los casos regidos por la Ley Nº 20.066 u otros delitos que se produzcan en el marco de violencia intrafamiliar. Entre las principales conclusiones de la investigación destaca:

La incapacidad de la judicatura penal para resolver este tipo de conflictos por no contar con las competencias y recursos necesarios.

La inflexibilidad de la ley que no permite movilidad a los fiscales ni a los defensores en la aplicación de un abanico de salidas o sanciones previstas en el sistema de justicia criminal,

El quebrantamiento del principio de proporcionalidad, al calificar toda lesión leve como menos grave

La falta de interpretación consensuada sobre el término "habitualidad" en el delito de maltrato y su ámbito de aplicación. En rigor, se trata de un problema de la ley, que debió precisar con claridad cómo se configura la habitualidad, evitando caer en graves imprecisiones, incertidumbres y múltiples resultados.

La necesidad de definir adecuadamente el ámbito de competencia de los tribunales de familia y garantía, a fin de evitar dilaciones en la respuesta de las medidas urgentes que están asociadas a este tipo de conflictos, como regulación de alimentos, visitas, etc.

En lo que se refiere a nuestras propias responsabilidades, se advierte la necesidad de generar internamente acciones destinadas mejorar las competencias de nuestros defensores en esta materia, la que por sus particularidades, requiere de una defensa especializada que entre otras características, incorpore la obtención de una respuesta integral y sistémica del conflicto.

Justicia restaurativa y mediación penal

En la segunda parte de la jornada se expusieron los resultados de una investigación realizada por la abogada del Departamento de Estudios, Isabel González, sobre Justicia Restaurativa y Mediación Penal. En su intervención presentó una síntesis de su trabajo y posteriormente otros panelistas dieron a conocer diversas experiencias de mediación en lo comunitario y penal. Estas estuvieron a cargo de Paolo Scalia, Criminólogo Italiano con experiencia en mediación en Argentina; Marcela Fernández, abogada Coordinadora de Centro de Mediación de la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso e Isabel Lobos, Coordinadora del Centro Mediación, Red de Mediadores. El debate estuvo principalmente orientado a evaluar la utilidad y factibilidad de usar la mediación penal en la gestión de defensa, mediante la aplicación de un modelo propio y adecuado a la cultura y necesidades del país, basado en las experiencias nacionales y comparadas. Entre las principales conclusiones estuvo:

Se reconoce la incidencia que tienen en la solución de los conflictos penales las salidas alternativas y en especial las tasas de reincidencia que son menores a los casos con penas privativas de libertad.

Se reconoce el mayor nivel de satisfacción que proporciona esta forma de solución del conflicto, tanto a los operadores del sistema como a sus usuarios, motivado en gran parte por el nivel de comprensión que se adquiere tanto por la víctima como el victimario respecto del hecho y consecuencias del conflicto, como de los compromisos adquiridos para reparar los daños ocasionados.

Se advierte la necesidad de definir una política institucional que promueva el uso de estos mecanismos alternativos de conflicto, iniciando un proceso de sensibilización interna con miras a generar un espacio de mayor reflexión y debate en torno al uso y las bondades de este sistema para nuestros clientes.

Se planteó que si bien las experiencias sobre la materia a nivel nacional han sido en delitos de menor lesividad, para que se produzca un impacto efectivo en el sistema penal, la mediación debiera extenderse a delitos de mayor gravedad y cuyas penas son más severas y por lo general asociadas a sanciones privativas de libertad.

Finalmente, se sostuvo que la entidad a cargo de realizar estas mediaciones debe ser neutral lo cual, no implica que la defensoría no deba asumir un liderazgo en esta materia, estableciendo para ello una efectiva coordinación con los centros de mediación establecidos en diversas regiones del país con experiencia en la materia.

Esta actividad fue organizada por el Departamento de Estudios respondiendo a una preocupación permanente manifestada por el Defensor Nacional, de promover y generar instancias de debate al interior del servicio, sobre diversas materias que se encuentran en el centro de la discusión pública y que guardan estrecha relación con la misión institucional y sus objetivos estratégicos.

Finalmente y a partir de esta valiosa experiencia, se hace necesario impulsar internamente un proceso de reflexión, análisis y estudio que facilite y permita un mayor conocimiento y comprensión sobre estas temáticas, especialmente por parte de nuestros defensores. Al mismo tiempo, resulta apropiado y conveniente generar instancias destinadas a compartir estos estudios y sus resultados con otros actores de la sociedad, de modo de aportar al mejoramiento de las políticas sociales, fortaleciendo la integralidad de la respuesta del sistema de justicia penal, la gestión institucional y la calidad de servicio de defensa.

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