Sala de Prensa

05/10/2010

Abogada de la DPP derriba mitos carcelarios en Santiago 1

La defensora pública Alicia Corvalán aclaró a los imputados algunos conceptos equivocados que a veces utilizan erróneamente, como "primerizo en causa" o "no hay reclamante".

Santiago 1 es la cárcel concesionada más grande del país, aunque su población de 2 mil 568 internos no está constituida por personas condenadas, sino por imputados con causa en trámite y sometidos a prisión preventiva. La abogada Alicia Corvalán conoce bien su realidad, pues durante los tres de años en que ha ejercido como defensora penal pública ha podido constatar que entre quienes han tenido más de una 'pasada' por el sistema de justicia penal, se han masificado una serie de verdades supuestas en relación con los derechos y beneficios que los asisten o a los que pueden acceder.

Por esta razón, en el Segundo Diálogo Participativo organizado en ese recinto carcelario por la Unidad de Comunicaciones de la Defensoría Regional Metropolitana Norte en 2010, esta defensora pública se empeñó por aclarar a los internos la inconsistencia de  esos verdaderos “mitos urbanos” del mundo carcelario.

Por su espigada figura y larga cabellera, al entrar al gimnasio donde la esperaban 200 internos de dos módulos del penal, Alicia Corvalán fue inicialmente recibida con cierto desorden, donde abundaron los galantes silbidos de los internos más jóvenes. Sin embargo, eso terminó apenas hizo uso de la palabra.

ATENUANTES ERRÓNEOS Con gran autoridad les dijo que quería aclararles una serie de interpretaciones erróneas que muchos imputados manejan como supuestas atenuantes de su responsabilidad penal. Les enumeró y aclaró los equivocados conceptos que con mayor frecuencia obligan a los defensores a perder una buena cuota de tiempo en explicar correctamente a sus defendidos.

- “Primerizo en Causa”: se refiere a aqueél que por primera vez es encausado en un delito determinado, aunque tenga ‘pasadas’ anteriores en el sistema penal por otro tipo de delitos: “Olvídense. El primerizo es el que es formalizado por primera vez, cualquiera sea el delito”, les explicó Corvalán.

- “No hay reclamante”: cuando en un delito la víctima ha decidido marginarse de la investigación. “No pasa nada. La acción penal pública la ejerce la fiscalía y los va a perseguir igual, aunque la víctima se desista de buscar una castigo en contra del imputado”, agregó la abogada.

- “Reserva de beneficios”: cuando un imputado reincidente no ha recibido beneficios en delitos anteriores, eventualmente podría ocuparlos en una causa posterior. “Ni en Fantasilandia. Eso no existe”, les dijo la defensora.

- “No hay especies”: frecuentemente, los imputados por robo con intimidación creen que quedarán libres  porque no aparecen las especies robadas. “Olvídense, si los identifican están fritos igual”, aclaró.

- “Irreprochable conducta, porque delitos anteriores fueron como menor de edad”: muchos imputados creen que pueden invocar la atenuante porque las condenas previas que tienen ocurrieron antes de que cumplieran 18 años. “Muy difícil. Aunque peleamos el punto, la experiencia dice que los tribunales no aceptan la irreprochable conducta anterior cuando hay condenas, aunque eso haya sido cuando el imputado era menor de edad”, dijo la profesional.

A cada explicación de la defensora seguía una sucesión de murmullos entre los 400 imputados presentes, y luego varias preguntas cuyas respuestas no hacían más que confirmar su explicación inicial.

Al término de este segundo diálogo participativo en Santiago 1 los imputados agradecieron el encuentro y despidieron con un sonora ovación a Alicia Corvalán.

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