Sala de Prensa

29/12/2010

Crisis carcelaria y penas alternativas

Columna de Loreto Flores, Jefa de Estudios de la Defensoría Regional de Antofagasta, publicado en El Mercurio de Antofagasta.

La tragedia en la cárcel de San Miguel, abrió el debate sobre una de las áreas más sensibles dentro del sistema penal, cual el sistema carcelario. Más allá de los comentarios sobre la precariedad de los recintos, y la sobre población existente en ello, es importante analizar las posibles soluciones a largo plazo.

Más allá de la construcción de nuevas cárceles, deuda pendiente en todo caso, la crisis al sistema carcelario también está unida a un sistema restrictivo sobre beneficios alternativos a la sanción privativa de libertad.

Se está trabajando a nivel legislativo en las modificaciones al cuerpo actual que regula dicha materia, la ley 18.216, ampliando así su utilización y restringiéndola en otros casos.

Sin embargo, para un buen funcionamiento de dicho cuerpo legal, será preciso también que cambie la mentalidad sobre cómo se debe cumplir una sanción penal. Pareciera que en la cárcel sólo hay personas condenadas por delitos graves, pero sorprendería analizar que un gran número de los internos  lo está por sanciones penales de menor lesividad. Por ejemplo no pago de multa, receptación, infracción a la ley de propiedad intelectual etc.

Esto porque el sistema penal no tiene demasiadas alternativas para el cumplimiento de sanciones penales, y además (contrario a lo que se piensa) las penas no son menores.

Por ello lo primero es considerar que no toda sanción, en particular aquellas que no han afectado la vida de una persona, o su libertad sexual, deben estar unidas necesariamente a la privación de libertad, y que otras formas de cumplimiento también aseguran el buen funcionamiento  del sistema penal.

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