Sala de Prensa

06/04/2011

Procedimientos aparejados a una detención

La siguiente columna de opinión, escrita por el defensor público José Mario Fuentealba, fue publicada recientemente por el diario El Mercurio de Antofagasta.

Una de las mayores modificaciones introducidas con la entrada en vigencia de la reforma procesal penal radica en los procedimientos aparejados a la detención de una persona. En efecto, tratándose de delitos flagrantes, a lo primero que debe enfrentarse el individuo es a la detención, la cual es realizada por las policías e incluso por particulares.

Lo importante es que el detenido debe ser conducido ante el juez dentro de las 24 horas contadas desde que la detención se hubiere practicado, debiendo indicársele al imputado el motivo de ésta y sus derechos, que ciertamente implican recibir un trato digno.  Además, el imputado debe ser asistido desde las primeras actuaciones del procedimiento por un abogado.

Puesto a disposición del tribunal, deberá efectuarse una audiencia de control de detención, a fin de verificar el cumplimiento de las formalidades legales. Si se detecta alguna vulneración de garantías en el procedimiento, la detención debe ser declarada ilegal por el tribunal y disponerse su libertad. Se trata de garantías propias de un Estado democrático de derecho, con las cuales cuenta todo ciudadano amparado por la presunción de inocencia.

Sin embargo, hasta antes de la entrada en vigencia de la reforma procesal penal, el solo hecho de ser detenido significaba pasar entre cinco y siete días encarcelado, independiente del delito que le fuera atribuido y de su real responsabilidad en los hechos.

Ello se debía a que la antigua legislación entregaba amplias facultades a los jueces y permitía, en la gran mayoría de los casos, que el detenido fuera puesto a disposición del tribunal dentro de las 48 horas siguientes. Luego, éste podía ampliar dicho plazo hasta por cinco días sin formular cargos y sin que el acusado contara con un abogado.

Ciertamente, recordar un aspecto tan puntual referido a la detención nos hace reflexionar sobre el gran avance desde el punto de los derechos y garantías de los individuos que ha significado la puesta en marcha de la nueva justicia penal, especialmente este año, en que se conmemoran 10 años de su entrada en vigencia.  

Por José Mario Fuentealba Riquelme, defensor penal público de Antofagasta.

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