14/06/2011
Misión de la Defensoría Penal Pública
La siguiente columna de opinión fue escrita por el Defensor Regional de Aysén, Juan Carlos Rebolledo Pereira.
Cada cierto tiempo es bueno recordar aspectos básicos de la misión, principios y funcionamiento de las instituciones, de manera que la comunidad las conozca y sepa qué esperar de ellas. Es así que quiero volver a la base y recordar los principios básicos de la Defensoría Penal Pública:
La Defensoría Penal Pública es un servicio dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia.
Esta institución fue creada en 2001, bajo el marco del nuevo sistema de justicia criminal adversarial, para proporcionar defensa penal a los imputados o acusados por un crimen, simple delito o falta que carezcan de abogado, asegurando de esta manera el derecho a defensa por un letrado y el debido proceso en el juicio penal.
La prestación de los servicios se hace a través de abogados que forman parte de la institución y de abogados privados, contratados a través de licitaciones.
La Defensoría realiza sus acciones bajo el lema “Sin defensa, no hay justicia”. Esta frase grafica los afanes de la Defensoría Penal Pública en su conjunto -incluyendo a quienes se han sumado al trabajo desde el ámbito privado- y permea al conjunto de los actos cotidianos de quienes trabajan en ella.
La Defensoría se esfuerza en todas las instancias para que se apliquen plenamente los principios del proceso penal: que todo imputado sea tratado como inocente; que esté garantizado el juicio previo; que el imputado cuente con igualdad de fuerzas para sostener su punto de vista frente a las imputaciones que se le formulan y que, cuando corresponda, se le aplique una sanción justa.
La Defensoría Penal Pública atiende a lo largo y ancho del país, con una dotación cercana a las 600 personas.
Finalmente, es importante destacar que la misión de la Defensoría Penal Pública es proporcionar defensa penal de alta calidad profesional a las personas que carezcan de abogado por cualquier circunstancia, velando por la igualdad ante la ley, por el debido proceso y actuando con profundo respeto por la dignidad humana de los representados.
Por Juan Carlos Rebolledo Pereira, Defensor Regional de Aysén.
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