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30/05/2007
Organizado por la Defensoría Regional de Valparaíso: Periodistas asistieron a Seminario "Prensa y Ley de Responsabilidad Penal Adolescente"
La actividad fue patrocinada por el Consejo Regional del Colegio de Periodistas de Chile.
El Seminario "Prensa y Ley de Responsabilidad Penal Adolescente" fue inaugurado por el Defensor Regional de Valparaíso, Eduardo Morales Espinosa, y la secretaria general del Consejo Regional del Colegio de Periodistas de Chile, Mariela González Donoso.
El programa contempló la exposición del Seremi de Justicia, Alfredo Nebreda Le Roy, quien afirmó que "para la implementación de la ley 20.084 el Gobierno destinó 10 mil millones de pesos para programas de reinserción y 41 mil millones para la ejecución de obras físicas".
Por su parte, el abogado de la Unidad de Estudios, Osvaldo Valenzuela Contreras, dijo que "la ley se aplicará a quienes al momento en que se hubiere cometido el delito sean mayores de catorce y menores de dieciocho años".
En tanto, el defensor penal juvenil de Valparaíso, Marco Zamora Uribe, sostuvo que la ley considera el interés superior del adolescente. "En todas las actuaciones judiciales o administrativas relativas a los procedimientos, sanciones y medidas aplicables a los adolescentes infractores de la ley penal, se deberá tener en consideración el interés superior del adolescente, que se expresa en el reconocimiento y respeto de sus derechos".
Legislación de prensa
En el encuentro, se abordó la Ley 19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo. El artículo 33 establece que "se prohíbe la divulgación, por cualquier medio de comunicación social, de la identidad de menores de edad que sean autores, cómplices, encubridores o testigos de delitos, o de cualquier otro antecedente que conduzca a ella".
El Código de Ética que señala en su artículo trigésimo que "el periodista debe salvaguardar la presunción de inocencia de los acusados mientras el tribunal competente no haya dictado sentencia".
El Dictamen General Sobre Informaciones relativas al Nuevo Proceso Penal, sostiene que "es una práctica recomendable que siempre que se aluda a una persona que es objeto de una querella o denuncia ante los tribunales de justicia se tenga el máximo cuidado para no prejuzgar sobre su eventual culpabilidad antes de que se pronuncie la sentencia judicial, y en todo caso, facilitar el uso de su derecho a rectificación o aclaración cuando lo estime pertinente".
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