Sala de Prensa

18/08/2011

Adolescentes infractores de ley: el sistema penal, único camino de solución

La siguiente columna de opinión, escrita por la jefa de Estudios de la Defensoría Regional de Antofagasta, fue publicada ayer por el diario El Mercurio de esa ciudad.

La Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), que significó incorporar a nuestra legislación un sistema moderno de responsabilización respecto de los menores de edad, disminuyó el rango etario de responsabilidad penal, incorporando a los  adolescentes a partir de los 14 años.

A cambio y en concordancia con la Convención de los Derechos del Niño y tratados internacionales, la ley estableció ciertos principios normativos respecto de la persecución penal de los adolescentes. Lo anterior, tomando en consideración la etapa de desarrollo de los jóvenes y las consecuencias negativas que significa el contacto de ellos con el sistema penal.

Porque en verdad  no es lo mismo para un niño de 14 años estar toda una noche en la comisaria que respecto de un joven de 25 años. Esto significa realizar un verdadero filtro respecto de qué vamos a perseguir y qué vamos a criminalizar.

En armonía con lo anterior, todo el movimiento estudiantil se enmarca en una profunda crisis a la educación. Muchos jóvenes que participan en ella se han visto expuestos a enfrentarse al sistema penal, aunque una vez solucionado este conflicto nunca vuelvan a tener que enfrentar cargos en su contra. Esto significa derechamente poner a prueba el sistema.

¿Vamos a criminalizar un movimiento social o vamos a aplicar otras salidas, que la ley también contempla? Porque mirando en perspectiva, estamos hablando de la futura generación de nuestro país, que está haciéndose parte de un contexto especial y que compatibiliza con sus pares en exigencias sociales. Ellos bien recordarán el trato que se les está entregando en este proceso, especialmente si algunos de ellos aún no alcanzaban a cumplir los 16 años de edad. 

Por ello, y más que nunca, se debe poner atención en no criminalizar conductas que se enmarcan en un descontento social, pues el objetivo de la ley es perseguir conductas criminógenas que son las que provocan lesiones a la convivencia social.

Por Loreto Flores Tapia, jefa de Estudios Defensoría Regional de Antofagasta.

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